¿Pseudoesclavitud en la actualidad?
El servicio doméstico, referido a las trabajadoras del hogar, resulta un tema recurrente de conversación en Chiapas sin tomar en cuenta el origen, formación educativa o posición social de quien hable. Ello siempre me ha llamado la atención porque los contenidos de las pláticas están relacionados con la naturaleza problemática de esa modalidad laboral.
No voy a mencionar lo escuchado porque a los buenos entendedores les resultaría reiterativo, sin embargo gracias a una sería de situaciones que han visto la luz pública en los últimos meses dicho trabajo ha aparecido en forma de conflicto donde, incluso, se involucran derechos humanos incumplidos: trabajo sin descanso, sin horas extras, ausencia de vacaciones o días de descanso y, para mayor injusticia, bajos salarios sin derechos mínimos como lo son el pago a la seguridad social. Son muchas las personas en estas condiciones, básicamente mujeres que tienen que complementar el ingreso familiar o sacar adelante una familia por no contar con otros apoyos para hacerlo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) reconoció sus derechos a través del “Convenio sobre las trabajadoras y trabajadores domésticos 2011 (número 189), y en el cual confirma normas mínimas para el trato de los empleados, así como sus derechos:
- Promoción y protección de los derechos humanos
- Principios y derechos fundamentales en el trabajo
- Términos y condiciones de empleo
- Horas de trabajo
- Remuneración
- Seguridad y salud en el trabajo
- Seguridad social
- Grupos con riesgos especiales: niños trabajadores domésticos, trabajadores que viven en el hogar del empleador, trabajadores domésticos migrantes
- Agencias de empleo privadas
- Resolución de disputas, reclamaciones y cumplimiento.
Lo anterior, y más documentos se encuentran en su página en castellano (http://ilo.org/global/lang–es/index.htm). Misma que resulta muy recomendable consultar para aquellos que sean trabajadores a sueldo, puesto que en ella encontrarán reflejados sus derechos reconocidos de forma internacional y que en su mayoría han sido ratificados por México, aunque en el caso que nos ocupa ello no haya ocurrido todavía.
Este sector informal de la economía nacional se une a otros muchos en el país para mostrar actividades fundamentales en el mantenimiento de familias, aunque con poco reflejo en circunstancias como la recaudación de impuestos, la cobertura médica u otros derechos propios de un trabajador, como lo es la jubilación.
No cabe duda que el reconocimiento legal visibilizaría a las trabajadoras para luchar contra cualquier tipo de maltrato y, también, para aquellos empleadores que siempre atribuyen al robo los despidos de estas personas. Es decir, su cobertura verificada en forma de derechos y obligaciones defendería a todos.
En definitiva, el trato y la relación general establecida entre el empleador y el empleado, por supuesto sin contrato durante muchos años, ha significado, y lo digo con pesar, una soterrada discriminación por origen étnico o social, en muchas ocasiones unidos ambos parámetros de identificación del otro. Forma de convertir en inferior a alguien como las disciplinas académicas sociales llevan años mostrando. La odiada sociedad colonial de los castellanos conquistadores, abominados por esa condición, no deja de rebrotar en situaciones cotidianas en esa ambivalente presencia de odio y anhelo de lo colonial que resucita con demasiada cotidianidad hoy en día. Con tristeza ese anhelo convierte a nuestros iguales, y también paisanos, en sujetos de explotación y vejación. Un principio para eliminar tal circunstancia se ubica en los cambios de la legislación laboral. Nada cambia de un día para otro, pero hay que iniciar las modificaciones con el objetivo de transformar situaciones reprobables y con demasiados resabios de un pasado nada ejemplar.
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