Instituto de la Fe (en San Cristobal) vs Estado Laico

 

Alcalde de San Cristóbal tomó protesta a Salomón Molina López, como titular del Instituto de la Fe. Foto: Ayuntamiento.

Alcalde de San Cristóbal tomó protesta a Salomón Molina López, como titular del Instituto de la Fe. Foto: Ayuntamiento.

 

El pasado día miércoles presencié una interesante discusión en el cabildo de San Cristóbal de Las Casas, a propósito de la creación por el alcalde del denominado Instituto de la Fe. Luego de una bien fundamentada exposición, la regidora de MORENA, Jerónima Toledo Villalobos, cuestionó al alcalde sobre las razones que justifican la creación del Instituto. El alcalde se esforzó hasta la desesperación por dar explicaciones, pero éstas no convencieron a la ciudadanía que presenciaba la sesión. Lo que sí dejó en claro es que su creación atiende a una razón de carácter religioso con funciones distintas a las de la Coordinación de Asuntos Religiosos, que atiende los problemas de intolerancia religiosa.

En efecto, el nombre del organismo municipal y el hecho de que se nombrara como titular a un pastor de iglesia justifican la inconformidad ciudadana y revelan la violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que protegen la libertad religiosa y la separación del Estado y la Iglesia.

El principio que subyace en la separación es el de reconocer que la religión corresponde a una esfera personal intima en que el Estado no interviene de ninguna manera. La fe se ejerce también en ese mismo ámbito y sin interferencia alguna, menos del Estado. Contamos pues, con la más amplia libertad para profesar la creencia religiosa que más le agrade, según prevé el artículo 24 de nuestra Constitución federal, e incluso para no profesar creencia religiosa, según abunda la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

También se puede explicar a partir de la tolerancia hacia todas las formas de manifestaciones religiosas que se presenten en una sociedad. De hecho, debe también considerarse que, en una sociedad plural, como la nuestra, no existen solo creencias religiosas, sino también no religiosas e incluso personas no creyentes. Para todas ellas el Estado, y el municipio sirven y deben garantizar sus derechos. La Constitución Política del Estado de Chiapas va más allá, y afirma, en el artículo 3.XVIII que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de credo…”

Además, se parte del principio de igualdad frente a todas las expresiones religiosas. Cuando el Estado (y el municipio), comienzan a favorecer, de una u otra manera, como podría ser con la creación de un Instituto de la Fe, a una o dos expresiones religiosas, se falta a la igualdad en la garantía del ejercicio de la libertad religiosa para todas las formas en que se manifiesta la fe o las creencias. Ya constituye un exceso que el alcalde se encuentre vinculado abierta y activamente a una denominación religiosa, puesto que eso sugiere que podría otorgársele preferencia en el trato, en los recursos o en la promoción, por encima de otras denominaciones.

De cualquier manera, la ciudadanía tiene razón en cuestionar la nueva creación, pues sugiere una relación inconstitucional que ya fue superada en los tiempos de Juárez. La dependencia municipal debe ser eliminada de la estructura orgánica del Ayuntamiento, puesto que atenta contra el principio histórico de la separación entre la iglesia y el Estado, previsto en el artículo 30 de la Constitución federal, además de atentar contra los derechos humanos previstos en tratados internacionales vinculantes para el Estado mexicano, y por consiguiente, también para el Ayuntamiento municipal.

En caso de persistir en mantener la dependencia, efectivamente, el alcalde podría estar incurriendo en una violación grave a la Constitución federal y a la del Estado, que podría ser motivo de responsabilidad en tanto servidor público, en los términos que establece título décimo segundo de la Constitución Política del Estado de Chiapas.

2 Comentarios en “Instituto de la Fe (en San Cristobal) vs Estado Laico”

  1. jcllm
    29 octubre, 2015 at 15:22 #

    Asi como quieren inventar un instituto de fe y cambiar el nombre a San Cristóbal, lo siguiente seria que nos expulsaran, a unos por católicos, a otros por ateos, por creyentes etc…

  2. Carlos Moreno
    25 octubre, 2015 at 15:09 #

    «De hecho, debe también considerarse que, en una sociedad plural, como la nuestra, no existen solo creencias religiosas, sino también no religiosas e incluso personas no creyentes»

    El «incluso» en esta frase suena más excluyente que otra cosa…

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