IFAI, Datos Personales y Partidos Políticos

 

Delitos-electorales-de-PVEM

 

En días pasados se presentaron, ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de datos (IFAI), denuncias de ciudadanos que solicitaban se abriera una investigación en contra del Partido Verde Ecologista de Méxivo (PVEM) por el uso indebido de sus datos personales. Sin embargo, El IFAI, a falta de andamiaje legal y por el régimen transitorio vigente, remitió las denuncias al Instituto Nacional Electoral (INE), que será el organismo que finalmente determine si existe o no un abuso en el uso de los datos personales.

La protección de datos personales es un derecho consagrado en nuestra Carta Magna; mediante el cual, toda persona identificada o identificable exige del Estado la garantía para custodiarlos, o bien, protegerlos frente a particulares.

Por lo anterior, debemos recordar que la reforma constitucional de 1977 asignó a los partidos políticos la calidad de entes de interés público y les dio la jerarquía constitucional que actualmente ostentan. Los argumentos expresados para justificar la definición de los partidos políticos como entidades de interés público consistieron básicamente en que les fueron otorgadas prerrogativas de acceso a medios de comunicación; financiamiento para apoyar sus actividades cotidianas, sus campañas electorales; y la capacidad de intervenir en las elecciones estatales y municipales.

Ahora bien, en la pasada reforma constitucional de febrero de 2014 se constituyó, entre otras cosas, el órgano garante de acceso a la información y protección de datos como un ente autónomo, con la competencia de incidir sobre los Tres Poderes de la Unión, organismos autónomos, partidos políticos, sindicatos y fideicomisos públicos, Sin embargo, la misma reforma constitucional en sus artículos transitorios (segundo, sexto y octavo) señala un supuesto, bajo cual el IFAI tendrá competencia para conocer de asuntos de transparencia y protección de datos de los nuevos sujetos obligados.

Aunado a lo anterior, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió dos resoluciones en el sentido de que el Instituto Nacional Electoral (INE) es competente para conocer de las solicitudes de información y protección de datos personales relativas a los partidos políticos en tanto se expida la ley reglamentaria de la materia, estas son la SUP RAP/0083/2014 y la SUP RAP/0101/2014.

Por lo tanto, son los legisladores quienes tienen la alta responsabilidad de sacar avante no solo la Ley General de Transparencia, sino también las generales de archivos y protección de datos personales, así como las respectivas leyes federales en cada una de las materias.

Al contrario de lo dicho por Octavio Paz “En el silencio transparente/ el día reposaba:/ la transparencia del espacio /era la transparencia del silencio.” Hoy México necesita que la transparencia sea una voz fuerte frente a los intentos de desviar los bienes públicos para intereses particulares.

One Response to “IFAI, Datos Personales y Partidos Políticos”

  1. Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez
    13 abril, 2015 at 12:33 #

    Me agrada que gracias a la colaboración de Carlos Antonio Morales Zabadúa y Sandra de los Santos, Chiapas Paralelo publique notas sobre transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, materias que pocos conocen, dominan y abordan a profundidad en Chiapas. ¡Enhorabuena!, permítanme felicitarlos.

    En relación a esta nota, considero que también vale la pena conocer lo que al respecto declaró la Dra. María Marván Laborde, ex-Comisionada del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y ex-Consejera del Instituto Federal Electoral (IFE), hoy Instituto Nacional Electoral (INE), quien subraya que el IFAI debe asumir su responsabilidad como autoridad protectora de datos personales y averiguar de dónde está obteniendo información la empresa que está subcontratada o contratada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) para el reparto de tarjetas de beneficios o descuentos, como la tarjeta Premia Platino que han recibido muchos ciudadanos en su lugar de trabajo y no en sus domicilios, lo que lleva a suponer que su información personal no fue tomada del Padrón Electoral, sino de alguna empresa.

    Al respecto, si bien es cierto que actualmente la Ley no confiere facultades al IFAI para indagar a partidos políticos, sí puede sancionar a particulares o empresas que hagan mal uso de la información de los ciudadanos (cfr. Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares).

    La ex-Comisionada del IFAI y ex-Consejera del IFE, hoy INE, afirma que el órgano garante (el IFAI) «sí puede averiguar cuál es la compañía que está haciendo eso y sí puede llamar a comparecer al Partido Verde como tercero interesado»; es decir, por la vía del IFAI la investigación tiene que ser de una manera indirecta a través de la empresa que emite las tarjetas para el PVEM. «El IFAI, si tuviera interés, podría buscarle cómo», sostiene Marván Laborde.

    La Dra. Marván opina que necesariamente el Partido Verde se ha auxiliado en una empresa para el reparto de las tarjetas de descuento y a ésta es a la que, en su caso, debe investigar y sancionar el IFAI, puesto que dicha empresa es un persona moral de derecho privado (un particular), en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

    La especialista en ambas materias (protección de datos personales y electoral) menciona que lo que cabría es que los ciudadanos presenten una queja directamente contra la empresa que distribuyó las tarjetas del PVEM para que el órgano garante de la protección de datos personales en posesión de particulares (el IFAI) inicie una averiguación.

    Fuente:

    http://www.enfoquenoticias.com.mx/noticias/nacional/remite-ifai-quejas-contra-pvem-al-ine-elude-su-responsabilidad-opinan-ex-comisionados

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