Eventos públicos gubernamentales, libertad de expresión restringida
Recientemente en los eventos oficiales del gobernador Manuel Velasco Coello se han registrado una serie de incidentes en los que se impide el acceso a los medios y periodistas no autorizados por el Instituto de Comunicación Social (Icoso).
Estos incidentes se incrementaron luego de la difusión de un video que exhibió una situación bochornosa para el mandatario chiapaneco, aquel en el que asesta una bofetada a uno de sus asistentes.
Colegas de diversos municipios han reportado que se les obstaculiza su labor de reportear, de cubrir eventos oficiales, eventos públicos.
Esto no sólo violenta el derecho de los colegas a la luz de la legislación nacional e internacional, el de ejercer plenamente su función de cubrir los actos públicos que así consideren pertinente.
Para no citar todo el marco jurídico expuesto, sólo expondremos acá lo citado en la Ley de Derechos para el Ejercicio del Periodismo en el Estado de Chiapas aprobado por el Congreso del Estado en agosto de 2007.
En el Capítulo IV sobre el libre y preferente acceso a las fuentes de información
Artículo 12. El periodista tendrá libre acceso a la información pública de las autoridades públicas estatales que pueda contener datos de relevancia pública. Las autoridades del Estado facilitarán este acceso a la información pública, tomando las precauciones necesarias para garantizar la información reservada y la confidencial de conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la información Pública para el Estado de Chiapas.
Artículo 13. El periodista tendrá acceso a todos los actos de interés público que se desarrollen en el seno de organismos públicos estatales o a los de carácter público estatal, que se desarrollen por personas físicas o morales privadas, siempre y cuando exista el consentimiento expreso de éstas.
Para los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los particulares podrán exigir el pago que corresponda a la tarifa establecida para el acceso del espectáculo público o evento deportivo de que se trate, cuando ésta sea la condición establecida para acceder a él.
Podrán difundirse sin cargo alguno, imágenes y resúmenes audiovisuales de espectáculos, acontecimientos y otros actos públicos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos de Autor y en los términos que la misma establece.
Artículo 14. Los particulares no podrán prohibir la presencia de periodistas y colaboradores periodísticos debidamente acreditados en los actos señalados en el artículo anterior, una vez cubiertos los requisitos previamente establecidos para su ingreso.
Articulo 15. Se facilitará el acceso a los periodistas y colaboradores periodísticos debidamente acreditados a todos los edificios e instalaciones públicas, salvo que por cuestiones de horario o seguridad, la autoridad competente determine lo contrario. No podrá impedirse la toma de imágenes de estos lugares, salvo que así se disponga por razones de seguridad, defensa del Estado o conservación y preservación de aquellos que constituyan patrimonio histórico estatal.
Esto pues, es una muestra palpable de que el Poder Ejecutivo propone leyes al Poder Legislativo, para que después estas mismas leyes sólo sean letras muertas que nadie respeta.
Obstruir la labor de los periodistas sólo exhibe el rechazo rotundo a la libertad de atraerse de información y difundirla por los medios que así consideren necesario.
En tierra del prócer de la patria, el Dr. Belisario Domínguez, la libertad de expresión sigue siendo restringida. Ojalá que estos incidentes no sigan siendo recurrentes, de lo contrario el panorama no es nada promisorio para el ejercicio de nuestra labor.
PD: Y lo que es peor, lo mismo pasa en las 122 alcaldías de Chiapas, donde los presidente municipales y sus subalternos como caciques mandan y aplican la ley a su manera.
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