Adela y Catarina: Mujeres en lucha
Miguel Angel de los Santos C.
Catarina y Adela probablemente no se conocen, aunque comparten elementos comunes que las acercan. Poseen el mismo apellido: Gómez Martínez; son mujeres que luchan desde las organizaciones sociales, la primera desde la Organización Campesina “Emiliano Zapata” (OCEZ-casa del pueblo), y la segunda desde la Organización Nacional del Poder Popular (ONPP); son mujeres que ejercen activamente su derecho a la participación política, ambas han sido encarceladas por su participación política, y ambas son víctimas de la injusticia que implica la invención de delitos y pruebas para alejarlas de la lucha social.
Catarina fue detenida el día 24 de mayo de 2013 implicada en los disturbios ocurridos en la cabecera municipal de Venustiano Carranza el día cinco de mayo. En esta fecha presuntamente integrantes de la OCEZ-Casa del Pueblo quemaron viviendas de un grupo de ex integrantes de la casa del pueblo. A pesar de que el día en que ocurrieron los hechos Catarina se encontraba en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, fue detenida y procesada por el delito de Atentados contra la Paz y la Integridad Corporal y Patrimonial de la Colectividad y del Estado. El largo nombre del delito se traduce en terrorismo, que implica realizar actos en contra de las personas con la finalidad de perturbar la paz. En el caso, los ofendidos siempre dijeron que el objetivo de sus atacantes fue el desalojarlos y lesionarlos, no la perturbación de la paz. Por tanto, el delito de que se le acusó nunca existió.
Catarina nunca entendió porque fue sujeta a proceso, puesto que se ofrecieron documentos y testimonios que demostraban su estancia en Tuxtla Gutiérrez el día cinco de mayo. El juez de consigna que atendió el caso escuchó a los testigos, vio los documentos y dijo que no eran suficientes para desvirtuar la acusación en su contra formulada por el Ministerio Público.
Tres meses después Catarina fue puesta en libertad. Salió del Amate el 16 de agosto, un día después de que Adela ingresara. La Procuraduría de Justicia del Estado valoró que no había elementos de prueba suficientes para continuar con el proceso. Solo el juez no se había dado cuenta de esta circunstancia. Esta decisión coincidió con un proceso de negociación política que la Secretaría de Gobierno sostenía con la OCEZ-Casa del Pueblo. La injusta detención de Catarina llegó a su fin y salió del Amate sin que nadie reconociera su detención ni su condición de presa política.
Adela vive el mismo calvario. Su detención, y la de su compañero, Noé Hernández Caballero, son injustas. Obedece a una medida que pretende, sin lograrlo, poner freno a la manifestación política mediante los bloqueos de carreteras.
Adela enfrenta un proceso penal por los delitos de extorsión y motín, derivado de manifestaciones políticas que implicaron la toma de la caseta de cobro ubicada en Chiapa de Corzo, para exigir cumplimiento a demandas de carácter político.
Los delitos de que se acusa a Adela son inexistentes, y las pruebas en que se sustenta la acusación son pre fabricadas. Vean si no.
La manifestación se llevó a cabo el día 8 de agosto del presente año. Este mismo día dos supuestos vendedores de artículos de piel, que viajaban, al menos uno de ellos, en vehículo sin placas de circulación, pasó por la caseta mediante el supuesto pago de doscientos pesos. Según la Procuraduría en eso radica la extorsión. Según la misma dependencia, dado que los manifestantes se posesionaron de la caseta para exigir cumplimiento de demandas, también incurrieron en motín.
Los supuestos ofendidos presentaron la demanda el mismo día, y para el día 13 de agosto el Ministerio Público les mostraba fotografías de Adela (y de su compañero) para que en ellas reconocieran a quienes supuestamente les habían pedido el dinero. Por cierto, ninguno de los dos ofendidos dice que Adela hubiera pedido dinero. Al siguiente día, el 14 de agosto, el Ministerio Público consigna la averiguación previa, misma que recae…ni más ni menos…que en el mismo juez que conoció del caso de Catarina! Solícito y cooperador, como es el juez tercero penal, a las nueve de la noche del mismo día ya había girado la correspondiente orden de aprehensión. Con la misma rapidez, al siguiente día la policía detuvo a Adela.
La curiosa celeridad con que se procedió para girar la orden de aprehensión sería suficiente para considerar como presos por razones políticas a Adela y su compañero. Sin embargo, también abona a lo mismo, el hecho de que están siendo procesados sin pruebas en su contra. No existe prueba de cargo en contra de Adela, los supuestos ofendidos y testigos no emiten declaración incriminatoria en su contra, y el reconocimiento mediante fotografías hace mucho que no son consideradas pruebas válidas. Evidentemente que el juez no desconoce esta circunstancia, sin embargo, su condición de juez de consigna le impide hacer valer la ley y respetar los derechos humanos.
Si lo anterior no fuera suficiente para determinar que Adela es presa política, debe también tenerse en cuenta que el mismo Código Penal del Estado de Chiapas, resuelve que el motín es considerado un delito de carácter político (artículo 356). De modo que Adela, siendo mujer, luchadora social, profesora y madre de familia no es una presa común.
Adela y Catarina deberían conocerse y contarnos sus historias, historias de lucha y dignidad que desnudan al sistema de justicia, al gobierno, y los falsos discursos sobre la participación política de las mujeres.
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