Por mandato de la SCJN, reforman Art. 4°. Constitucional de Chiapas que «protegía la vida desde la concepción»

Sesión del pleno. 20 de noviembre de 2024. Foto: Congreso de Chiapas

 

Con 33 votos a favor, 1 en contra y 6 legisladoras ausentes, en sesión ordinaria, el pleno de la Sexagésima Novena Legislatura aprobó el martes la reforma al Artículo 4° Constitucional de Chiapas en la que se elimina la protección de la vida desde la concepción, con lo que “se avanza en materia del reconocimiento de los derechos de las mujeres y las personas con posibilidad de gestar”.

El dictamen emitido por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salud, relativo a los derechos de las mujeres y personas gestantes, fue llevado al congreso, el cual aprobó la iniciativa de decreto por el que se reforma la fracción 4ª, del artículo 4°, de la Constitución Política de Chiapas.

Con la reforma aprobada por el Congreso, el texto queda de la siguiente manera: “El Estado  reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene. Sin perjuicio de las excluyentes de responsabilidad previstas en la legislación penal del estado de Chiapas”.

Pañuelo verde, símbolo de la lucha a favor de la despenalización del aborto en América Latina. Foto: Cortesía

El párrafo anterior de la Constitución de Chiapas, dictaba lo siguiente: “El estado reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene desde el momento de la concepción, entra bajo la protección de la Ley y se reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural, salvo las excepciones que establezca la legislación penal”.

En este punto participaron para exponer sus argumentos a favor, las diputadas: por el Partido Verde Ecologista de México, Rosalinda López Sánchez, por MORENA, Faride Abud García, y por el Partido del Trabajo, Elvira Catalina Aguiar Álvarez; en contra, expuso sus argumentos la diputada del Partido Acción Nacional, Jovannie Maricela Ibarra Gallardo.

«Estamos haciendo historia en el Congreso del Estado de Chiapas. En sesión del Pleno, aprobamos el dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salud, reformando el párrafo 4 de nuestra Constitución en materia de derechos de las mujeres y personas gestantes», dijo el diputado local y presidente de la Junta de Coordinación Política, Mario Guillén; indicó también que «Esta reforma, que ahora se turna al Ejecutivo para su publicación y a los ayuntamientos para continuar el proceso legislativo, es un paso firme en la defensa del derecho a decidir y la protección integral de la vida y la dignidad».

 

Activistas a favor de la despenalización del aborto en Chiapas. Foto: Cortesía

La Red por la Justicia Reproductiva en Chiapas y la Red Aborta Libre Chiapas felicitaron a las y los legisladores del Congreso de Chiapas por la reforma;, con esto, se avanza en materia del reconocimiento de los derechos de las mujeres y las personas con posibilidad de gestar. 

Seis legisladores faltistas. Foto: Cortesía

Señalaron que “este es un primer paso hacia la despenalización del aborto en el estado”.

“Como organización de la sociedad civil, nos mantendremos en observancia de las decisiones que tome el Congreso, así como haremos uso de todas las herramientas legales necesarias para garantizar que se respeten los derechos constitucionales de las mujeres y las personas con posibilidad de gestar”, dijeron ambas redes.

Hace dos semanas, con 10 votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al Congreso de Chiapas a legislar, a más tardar durante su próximo periodo de sesiones, sobre el derecho de las mujeres y las personas gestantes a la interrupción del embarazo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó el artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas, reformado mediante el Decreto 184, publicado el 3 de mayo de 2023, en el cual se preveían supuestos en los cuales no era sancionable el aborto, tales como: cuando el embarazo fuera consecuencia de violación, cuando la persona embarazada corriera peligro de muerte, o cuando el producto sufriera alteraciones genéticas o congénitas.

Activistas en contra de la despenalización del aborto en el Congreso. Foto: Cortesía

 

 

 

 

 

 

 

 

El Pleno consideró que la disposición invalidada era lesiva de los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, por no permitir la interrupción del embarazo durante la primera etapa de gestación (primeras doce semanas), aunado a que acotaba la posibilidad de realizar el aborto en supuestos muy específicos.

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