Congreso del Estado ha ignorado iniciativa de despenalización del aborto
El 03 de mayo de 2023, el Congreso del Estado de Chiapas aprobó la reforma del artículo 181 del Código Penal local en la que se eliminó el plazo máximo de 90 días para solicitar la Interrupción Voluntaria del Embarazo para víctimas de violación. Sin embargo, dicha reforma penal sobre aborto y el marco legal en el que se inserta: es obstáculo para el ejercicio del derecho a decidir de las mujeres y de otras personas gestantes; ya que aún subsiste la prohibición absoluta de interrumpir el embarazo de forma voluntaria.
Ante la falta de voluntad del Estado para garantizar el acceso de las mujeres a información y procedimientos de aborto autogestionado, el pasado 16 de junio nació la Red Estatal Aborta Libre Chiapas; integrada por organizaciones, colectivas e individualidades feministas con presencia en múltiples municipios de Chiapas.
Lo anterior, para acompañar la Acción de Inconstitucionalidad que la Red por la Justicia Reproductiva en Chiapas (REJURECH) y la organización Abortistas Mx incidieron para que fuera presentada a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Así pues, colectivas denunciaron omisiones por parte de la oficialía de partes y la mesa directiva del Congreso del Estado de Chiapas por ignorar la iniciativa de despenalización del aborto que han acompañado y que fue presentada el 15 de noviembre de 2022, por la diputada Floralma Gómez Sántiz, presidenta de la Comisión de Atención a la Mujer y a la Niñez.
En dicha iniciativa se busca reformar los artículos 70, 178 y 180 y derogar los artículos 179, 181, 182 y 183 del Código Penal del Estado, reformas apegadas a la sentencia 148/2017 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de septiembre de 2021, que declaró Inconstitucional la criminalización del aborto en todo el país.
Abortar es un derecho humano y no puede continuar tipificado en el Código Penal del Estado de Chiapas, apuntó la REJURECH y Abortistas Mx
Así mismo, el pasado 12 de mayo, integrantes de la REJURECH y la organización Abortistas Mx solicitaron a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) como autoridad responsable, que ejerciera sus facultades para promover una acción de inconstitucionalidad.
No obstante, el órgano consideró improcedente, ignorando los derechos constitucionales de las mujeres, niñas, adolescentes y personas con la capacidad de gestar de Chiapas.
Una vez agotadas las instancias locales, la REJURECH y Abortistas Mx solicitaron la promoción de una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma aprobada por el Congreso del Estado y publicada por el representante del poder ejecutivo, Rutilio Escandón Cadenas a través de la CNDH.
Después de realizar un estudio de fondo, la CNDH consideró que la norma transgrede los derechos humanos a decidir de las mujeres y otras personas gestantes, a la autonomía, salud, libertad reproductiva, libre desarrollo de la personalidad, dignidad humana, igualdad y prohibición de discriminación, igualdad de género y a la privacidad, así como la obligación de promover, respetar y proteger los derechos humanos.
Por lo que el 02 de junio, la Comisión Nacional presentó escrito de demanda de Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN.
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