Legislatura entrante debe enfrentar omisión de la pasada por no discutir la ley de identidad trans
*Una persona trans puede llegar a vivir entre 35 a 37 años. Su corta esperanza de vida se debe a la violencia y discriminación hacia su identidad y expresión de género.
El derecho a la igualdad y no discriminación de las identidad es un pendiente en Chiapas. Ninguna persona puede modificar su acta de nacimiento según su identidad y expresión de género por la vía administrativa, por ello la Red por la Inclusión de la Diversidad Sexual (REDISEX)* hizo un llamado a la legislatura del Congreso del Estado para avanzar en favor de la ley de identidad de género.
El Estado no debe asignar la identidad, sino reconocer aquella con la que cada una se identifica.
La Red exhortó a garantizar una vida libre de violencia discriminación a las personas trans, en especial para las infancias y adolescencias. Pidieron dejar la mirada adultocentrista, puesto que el derecho a la identidad es personal y su ejercicio no depende de la mayoría de edad. También se respeten principios como el interés superior y autonomía progresiva.
Permitir la implementación de la ley de identidad y que cambien su acta por vía administrativa contribuiría a la formación de infancias sanas y felices, finalizó la REDISEX.
Tania Morales, fundadora y directora de la Asociación para las Infancias Transgénero A. C., explicó la presencia de la identidad de género desde los primeros años de vida. En otras palabras, las personas trans no nacen a los 18 años sino, viven desde sus primeros años un género distinto al impuesto, lo que ha genera un olvido histórico hacia la comunidad.
La ley de identidad de género presenta considerables avances en Jalisco, Sonora, Quintana Roo, Nayarit, Colima, Ciudad de México, Oaxaca, Coahuila, Hidalgo, San Luis Potosí, Michoacán, Chihuahua, Tlaxcala, Puebla, Estado de México, Morelos y Veracruz. Las personas mayores de 18 años pueden modificar algún documento según su identidad dentro de los 17 estados. Inclusive en tres de ellos permiten hacerlo a personas de 12 a 18 años y, tan solo una, lo permite a cualquier edad. Sin embargo, Chiapas no ha tomado en cuenta el tema pese a ser propuesto hace dos años y medio.
Caso de omisión
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el pasado 03 de septiembre, la Recomendación 43/2021 al gobernador de Chiapas y al presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH).
Lo anterior, por la omisión de presentar una iniciativa de Ley que permita a los ciudadanos del estado realizar modificaciones al acta de nacimiento por medio de un procedimiento administrativo sencillo, expedito y transparente.
El Organismo acreditó violaciones a los derechos a la igualdad, al trato digno, a la no discriminación, al cambio de nombre conforme a la identidad de género, así como al derecho al libre desarrollo de la personalidad, en agravio de cuatro personas que solicitaron al Registro Civil de la entidad, realizar el cambio de nombre y sexo con el que fueron registradas al momento de su nacimiento.
La Comisión Nacional indicó que, dicha solicitud se les fue negado bajo el argumento de que, el trámite debe requerirse a través de un juicio de rectificación y modificación de acta de nacimiento.
Por ello, emitió siete puntos recomendatorios al gobierno de Chiapas, entre los que destacó: proceder a la reparación del daño ocasionado a las víctimas, en los términos de la Ley de Víctimas para el estado de Chiapas.
*Integrantes de la Red por la Inclusión de la Diversidad Sexual
Una Mano Amiga en la Lucha Contra el Sida (UMALCS)
Red abierta A. C.
Investigación y litigio en derechos humanos A. C.
Grupo se tú
Capitulo IV todo sobre lesbianas A. C.
Ella + Ella
Divihsex A. C.
La bicicleta de la diversidad
Por un palenque sin estigma y discriminación A. C.
Instituto Dvenires
Activistas independientes
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