Juez ampara y protege derecho de familia homoparental a registrar a sus gemelos en Chiapas
Un juez federal resolvió amparar y proteger el derecho de una familia homoparental a registrar a sus hijos gemelos luego de que la oficina del Registro Civil negara *el derecho * humano a la identidad de sus pequeños, porque ambas se presentaron como madres (co-maternidad)
El pasado 30 de septiembre, el Juez Cuarto de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez, dictó la sentencia de un juicio de amparo iniciado por la abogada Ana Mendoza León, como representante legal de dos personas del sexo femenino de 31 y 32 años, a quienes el Registro Civil en Chiapas les negó en febrero del 2021 el registro de nacimiento por no cumplir con los requisitos del artículo 57 del Código Civil del Estado de Chiapas.
El citado numeral refiere que “tienen la obligación de declarar el nacimiento el padre y la madre o cualquiera de ellos, dentro del primer año de ocurrido éste”, por lo que no podían hacerlo al presentarse como madres ambas personas.
Ambas mujeres, quienes por más de 3 años vivieron en concubinato y finalmente en el 2020 contrajeron nupcias, buscaron a la abogada Ana Mendoza León para iniciar un juicio de amparo ante el Poder Judicial de la Federación el 3 de marzo del 2021, con el objetivo de hacer que las instituciones del Estado les garantizaran el derecho de registrar a sus menores hijos bajo la figura de la co-maternidad ante la institución del registro civil.
El juicio interpuesto en contra del Congreso del Estado, el Poder Ejecutivo y la oficina del Registro Civil del Estado de Chiapas, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, fue para exigir el derecho a la identidad de ambos pequeños nacidos en julio del 2020.
Y no sólo ese derecho, dijo la abogada, sino todos los que, por interdependencia, también se ven vulnerados, tales como, su derecho al nombre, derecho a la no discriminación, derecho a una familia, derecho a la salud, incluso sus derechos de carácter sucesorio, entre otros. Esto, sin dejar de lado el derecho de las madres a un trato igualitario.
Por lo que el juez federal, apeló al interés superior de los menores y dictó sentencia a favor de ambos pequeños y sus madres, quienes se sometieron a una fertilización in vitro, aportando cada una de ellas un óvulo, buscando a un donante de espermas anónimo y con éxito sostuvieron un embarazo gemelar.
La abogada Ana Mendoza León dijo que esta sentencia, si bien protege única y exclusivamente el derecho de esta familia, sienta un precedente en el Estado para que otras parejas chiapanecas acudan al amparo a hacer efectivos sus derechos, esto, hasta que no sea armonizada la legislación local.
Esta sentencia es una oportunidad para que el Poder Ejecutivo y Legislativo del Estado de Chiapas, valoren una reforma al artículo 57 del Código Civil, que desde el 2010 – año en que fue modificado – debió haber sido ajustado.
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