Ya podemos fumar sin ser castigados: Mujer Cannabica
*La Corte precisó que la Secretaría de Salud deberá emitir autorizaciones a personas adultas y para el autoconsumo de cannabis y THC, pero no de otras sustancias.
*La SCJN precisó que la COFEPRIS deberá establecer los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla, en el entendido de que la autorización no podrá incluir en ningún caso la permisión de importar, comerciar, suministrar o cualquier otro acto de enajenación y/o distribución de tales sustancias.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, con la que se eliminó la prohibición absoluta al consumo lúdico o recreativo de cannabis y THC -conocidos como marihuana- que establecía la Ley General de Salud.
Angelica Anaya, activista cannábica y creadora de contenido de Mujer Cannábica, mencionó que a partir del 31 de octubre del 2018, la SCJN emitió una jurisprudencia para el uso recreativo de la cannabis, esto se logró al litigio estratégico de muchas organizaciones y personas de la sociedad civil.
Añadió que, se lograron crear cinco amparos y la SCJN dio la jurisprudencia, es decir, la orden para que otros poderes tuvieran que legislar, ya que el Poder Legislativo y el Congreso de la Unión no hicieron nada, más que pedir aplazamientos.
Hubo hasta una tercer prórroga, entonces al agotarse estas, la Suprema Corte tiene la facultad de hacer una votación para declarar esta Ley General de la Salud donde prohíbe al cannabis como ilegal, mencionó la activista.
Fue así como la Suprema Corte discutió la declaratoria general de inconstitucionalidad, lográndose con 9 votos a favor y dos en contra, a partir de ahí se garantizó el libre desarrollo de la personalidad, es decir, para fines recreativos y lúdicos.
Explicó que, el hecho de que la cannabis sea legal para fines recreativos es una cuestión de derechos, porque garantiza a las y los usuarios poder ejercer su libertad sin ser castigados y señalados, algo por lo que siempre han luchado.
Ahorita no se garantizó la cuestión industrial, ni de fines comerciales, pero más allá de eso ya tenemos la certeza de que como usuarios ya podemos fumar sin ser castigados, señalados por la autoridad, sin ser extorsionados por la policía, un problema tremendo, hay muchas mujeres, hombres y jóvenes que por traer un poquito de marihuana y no tener los recursos terminaron en la cárcel, enfatizó la activista.
Anaya recordó que, los usuarios de cannabis pueden portar hasta 5 gramos, pero aún está pendiente ver si la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) establece nuevas reglas, porque, aunque ya se garantizó el derecho del consumo, se deberán cumplir con ciertos requisitos y tener un permiso que no puede ser negado, pues estarían incurriendo en un delito que puede ser sancionado.
Dijo que el siguiente paso para los activistas y asociaciones es seguir presionando al Poder Legislativo, ya que aunque se declaró inconstitucional la ley, este todavía tiene la obligación de garantizar y legislar la parte industrial y de fines comerciales.
Aunado a ello, señaló que el sur tiene potencial, en específico Chiapas al ser lugar estratégico por su posición geografía, esta cerca de Guatemala, y hay una posibilidad de que puedan llevar cáñamo o productos derivados de este a otros países.
Aquí tenemos cerca el puerto, la frontera, donde podemos llevar los productos fácilmente, tenemos el clima adecuado, muchas tierras, parte de mi proyecto es la reactivación del campo a través del cáñamo, porque el cultivo en Chiapas esta en abandono, el café esta en crisis y hay otras cosas por la que se ha dejado el campo, dijo Anaya.
La activista agregó que la cannabis y el cáñamo son una alternativa positiva para la gente que lo quiera hacer, por ello están llegando a las comunidades para informar con el fin de romper el estigma y, viendo que organizaciones y comunidades quieren participar, porque será voluntario
Hizo un llamado a la sociedad civil a que traten de conocer un poco más los beneficios de la planta porque llegó para quedarse, y a los usuarios de cannabis a que ejerzan su derecho, que vayan a la Cofepris y que soliciten su autorización para que sean usuarios legales.
Los delitos siguen estando vigentes, si la policía te encuentra con una cantidad exagerada si te pueden presentar, o si tienes la cantidad mínima, pero sin tu permiso también te pueden presentar, los invito a ejercer su derecho apenas la Cofepris de los lineamientos y acudamos todos a ejercer nuestro derecho, reafirmo la activista.
Por último, invitó a las y los usuarios junto a la sociedad a que sigan luchando porque todavía falta la industria cannábica, para los emprendedores de productos, y que la gente pueda acudir a un dispensario y comprar.
Es de importancia mencionar que, en noviembre de 2015, la Primera Sala resolvió un juicio de amparo en el que declaró la inconstitucionalidad del sistema de prohibiciones administrativas al consumo lúdico de marihuana previsto en la Ley General de Salud, pues consideró que el modelo dispone una restricción desproporcionada al derecho al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores.
Dicha decisión fue reiterada en cuatro ocasiones sin ninguna en contrario, por lo que, al conformarse jurisprudencia obligatoria, se dio inició al procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad previsto en el artículo 107, fracción II, párrafo tercero, de la Constitución General, a fin de que el Congreso de la Unión hiciera las modificaciones correspondientes en un plazo de 90 días.
Al haber transcurrido dicho plazo sin que el problema de constitucionalidad fuera superado, el Pleno determinó que debían invalidarse con efectos generales del último párrafo de los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud, en las porciones que establecían que la Secretaría de Salud sólo podría autorizar la realización de actividades relacionadas con el autoconsumo del estupefaciente cannabis y el psicotrópico THC “para fines médicos y científicos”.
La Corte explicó que, con esta declaratoria se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud, a través del órgano competente, autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar, con fines recreativos, respetando de esta manera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Asimismo, exhortó al Congreso de la Unión a legislar respecto al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, a fin de generar seguridad jurídica a los usuarios y a terceros, así como a generar las condiciones necesarias para que este derecho pueda ser ejercido responsablemente.
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