Tras 47 años, UNACH presenta protocolo de actuación ante situaciones de violencia, violencia de género

La Red de Colectivas Feministas e integrantes de la comunidad universitaria de la UNACH marcharon en la exigencia del cumplimiento del pliego petitorio.. Foto: Yessica Morales

*El protocolo se establece como un instrumento de aplicación obligatoria para toda la comunidad universitaria, a fin de garantizar la integridad de cualquier persona integrante que pudiera ser víctima de violencias y/o discriminación.


La Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH) dio a conocer que, como consecuencia y respuesta a las movilizaciones y peticiones de las estudiantas emitió el “Protocolo de actuación ante situaciones de violencia, violencia de género, hostigamiento, acoso sexual y/o discriminación”, que tiene como finalidad prevenir y atender cualquier acto u omisión de este tipo.

Mencionaron que, a más de dos años de la implementación de dicho protocolo y como resultado de la movilización iniciada por la Red de Colectivas Feministas Universitarias de Chiapas (RECOFUCH), por la alarmante violencia de género dentro de la Institución, instauraron mesas de diálogo con la participación de la comunidad estudiantil, personal docente y administrativo.

Así como con diversos grupos organizados de la comunidad, con el propósito de recibir opiniones y sugerencias sobre la violencia de género y la política aplicada al respecto, y en particular sobre el Protocolo.

La UNACH enfatizó que el objetivo de este es mejorar la atención a los casos de violencia, violencia de género, hostigamiento, acoso sexual y/o discriminación, a través de la Defensoría de los Derechos Humanos y en coordinación con otras áreas.

Para la elaboración del instrumento, la Coordinación para la Evaluación de Políticas Públicas para la Transversalización del Género, la Coordinación para la igualdad de Género de la UNACH y la Defensoría de Derechos Humanos, revisaron las propuestas presentadas por la comunidad universitaria a través de las integrantes de la RECOFUCH.

En primer lugar, tuvieron como marco de referencia la legislación internacional, nacional y local, acorde a los paradigmas internacionales para la no discriminación por cualquier razón, y la guía fue el artículo 2º de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Personas que pueden presentar la queja

El escudo de la UNACH, otra obra del maestro Disner.

La víctima -integrante de la comunidad universitaria de la UNACH-, representante legal de esta, una persona tercera que haya visualizado o presenciado situaciones de violencia, violencia contra las mujeres, hostigamiento, acoso sexual y/o discriminación.

También, por la madre, padre, tutora o tutor, cuando se trate de niñas, niños y adolescentes o una persona de entera confianza de la víctima.

En caso de que la víctima no autorice la tramitación de la queja, no excluye que los hechos puedan ser tomados en cuenta para estadística, antecedentes y la realización de acciones para garantizar la no repetición.

La Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios (DDHU) podrá iniciar de oficio una investigación cuando tenga conocimiento de hechos que encuadren en una modalidad de violencias y/o discriminación, dejando constancia en el expediente de las actuaciones que lleve a cabo.

Medios y plazos para presentación de la queja

Los medios para hacer de conocimiento los actos son ante la DDHU, vía telefónica, correo electrónico de la DDHU, página web (de la DDHU y UNACH).

La queja por casos de violencia, violencia contra las mujeres, hostigamiento, acoso sexual y/o discriminación, deberá -preferible- ser presentada en un plazo de doce meses contados a partir del momento en que se produjo el incidente, con la finalidad de contar con mayores elementos probatorios que faciliten la investigación.

Dicho plazo podrá ampliarse cuando la DDHU previo análisis del caso con perspectiva de género lo considere procedente, elaborará un acuerdo en donde funde y motive el respectivo acuerdo de trámite.

Requisitos de la queja

Toda queja deberá contener, al menos el nombre completo de la persona denunciante como de la víctima y, en su caso de quienes rendirán testimonios, pertenencia a un grupo en situación de vulnerabilidad, lengua, orientación sexual e identidad de género, condición de discapacidad.

Asimismo, pertenencia a un grupo migrante o en situación de tránsito, nombre de la persona presunta responsable, tipo de vinculación de quien denuncia y/o es víctima, con la persona presunta responsable, tipo de vinculación de la persona presunta responsable con la UNACH, número de matrícula o folio de una identificación oficial.

También, la persona presunta responsable, por ningún motivo tendrá acceso a los datos de la víctima o denunciante antes de que se le corra traslado para su debida defensa, edad, teléfono, correo electrónico o domicilio de la persona denunciante para efectos de cualquier comunicación; lugar, fecha y descripción de cómo acontecieron los hechos, y firma de la persona denunciante.

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