Sala Superior desecha impugnación de Pío López Obrador; continuarán investigándolo
*El INE podrá continuar con su investigación sobre la entrega de dinero a López Obrador que supuestamente beneficiarían a Morena.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en su última sesión, desechó la impugnación hecha por Pío López Obrador ante el órgano máximo debido a que presentó demandas idénticas.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior resolvió desechar una de las dos impugnaciones que presentó Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, contra los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) del 2 y 3 de septiembre de 2020, y el oficio INE/UTF/DRN/11167/2020 del 21 de octubre en materia de fiscalización.
El Pleno explicó que el recurso se desechó porque Pío López Obrador presentó dos demandas para reclamar los mismos actos de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE. La primera demanda se presentó directamente ante la Sala Superior del TEPJF y la segunda, que dio origen al expediente que hoy se desecha, ante el INE.
Por tanto, la Sala Superior determinó desechar la segunda demanda, y se mantiene en proceso de análisis la primera de ellas.
Es decir, el INE podrá continuar con la investigación en su contra respecto a la supuesta recepción de dinero para campañas electorales que beneficiarían al partido político Morena. Esto a raíz de video que circularon en redes sociales, en la que David León Romero, entonces consultor del gobierno del estado, le daba dinero.
El Pleno, a profundidad, comentó que ante una serie de recursos que recibió el INE el 28 de octubre de 2020, Pío López Obrador presentó en la Oficialía de Partes de la Sala Superior, demanda de recurso de apelación, la cual dio lugar a que se integrara el expediente SUP-RAP-105/2020 y, en la misma fecha, presentó idéntico escrito de demanda ante el INE, el cual dio lugar al expediente, documentación que llegó posteriormente a la Sala Superior.
Las magistradas y los magistrados consideraron que la demanda se debe desechar de plano porque se actualiza una causal de notoria improcedencia prevista en el artículo 9, párrafo 3, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, dado que Pío López Obrador agotó su derecho de impugnación al promover el recurso de apelación, identificado con la clave de expediente SUP-RAP-105/2020.
Al haberse presentado el recurso a las 23:15 horas del 28 de octubre de 2020 ante el INE, y otro similar ante la Sala Superior del TEPJF a las 23:12 de ese mismo día, se resolvió que el apelante agotó su derecho de impugnación con la presentación de la demanda que motivó la integración del expediente identificado con la clave SUP-RAP-105/2020, ya que fue la primera en ser presentada. (Asunto: SUP-RAP-109/2020).
Es importante mencionar que, el TEPJF aprobó el análisis de la investigación que el INE emprendió contra el hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador. Además, fundó que exista una posible afectación a los derechos humanos de Pío López Obrador: “cosa que no puede retrasar su abordamiento y análisis”.
En opinión de la mayoría, los acuerdos en cuestión involucraban actos intraprocesales que sí impactaban en la esfera jurídica del denunciado al trastocar sus derechos, de ahí que se consideró la necesidad de que las alegaciones hechas valer sean analizados en el fondo, expresó como veredicto la Sala Superior.
Asimismo, una investigación por parte del portal Latinus, reveló que en 2015, David León, quien fuera Ex-Secretario de Protección Civil Nacional y ex-Director de la Empresa de Distribución de Medicamentos del Gobierno durante el actual sexenio, le entregó cerca de un millón de pesos a Pío Lopez Obrador, con el fin de fortalecer a Morena en Chiapas rumbo a las elecciones presidenciales en 2018.
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