Juez ordena suspensión provisional del Tren Maya en tramo Palenque-Escárcega
Un juez federal otorgó un amparo para suspender las obras del Tren Maya en el tramo de Palenque, que corresponde a Chiapas, esto con el argumento de salvaguardar la salud del pueblo Maya Ch’ol.
Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. y habitantes Ch´ol de los municipios de Ocosingo, Palenque y Salto de Agua interpusieron el recurso legal ante un juez federal que ordena a toda autoridad abstenerse de realizar actos tendentes a la ejecución del proyecto denominado “Tren Maya”.
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas, fue la instancia a la que acudieron las comunidades indígenas choles que se ampararon frente a diversos actos administrativos del ejecutivo federal, que determinaban la continuación de las actividades correspondientes al Tren Maya a pesar de la pandemia derivada del virus Covid-19 que se vive en el país.
Fue el día 7 de mayo pasado, cuando los miembros del Pueblo Maya Ch´ol asentadas en los municipios de Palenque, Ocosingo y Salto del Agua, presentaron una demanda de amparo en contra de actos del Presidente de la República, del Secretario de Salud Federal y del Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR).
Esto, por la emisión tanto del acuerdo del día 06 de abril por el Secretario de Salud, como del Decreto del 23 de abril, firmado por el Presidente de la República, mediante los cuales se determinaba la continuación del proyecto denominado “tren maya” entre otros proyectos sexenales, a pesar de la pandemia derivada del Covid-19.
Entre otras cosas, los quejosos señalaron que la continuación del proyecto del Tren Maya en este contexto de la pandemia, viola su derecho a la salud por el riesgo de contagio por el Covid-19, poniendo en riesgo también el derecho humano principal a la vida.
Dijeron los habitantes de esas comunidades que mantener los trabajos del Tren Maya en época de pandemia les impedía participar en las manifestaciones de impacto ambiental y social a las que como comunidades tienen derecho frente a cualquier tipo de megaproyecto.
Luego de resolver la admisión del amparo y la suspensión, la Juez Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas determinó que procedente otorgar la suspensión pues en estos momentos debe darle valor preponderante al derecho a la salud de los aquí quejosos como integrantes de la comunidad indígena Maya Ch’ol y habitantes de localidades.
Y que los trabajos que conlleva tal infraestructura requieren despliegue de diversas actividades que debe realizar un grupo numeroso de personas y en consecuencia las mismas requerirán diversos servicios esenciales y no esenciales en la comunidad, lo cual conllevará un aumento de actividades en sus zonas públicas.
La misma juez señaló: “Esta situación de manera indudable potenciarían el riesgo de los habitantes de la comunidad Maya Ch’ol de contraer el virus Covid-19, y en esa misma proporción disminuiría la posibilidad de ser atendidos y recuperarse al evadir las reglas dadas por las autoridades sanitarias para la contención del multicitado virus, esto es, cumplir resguardo domiciliario corresponsable y sana distancia, al permitir a los pobladores y no pobladores la realización de actividades distintas a las esenciales de alimentación, atención médica, seguridad, movilidad interna, servicios funerarios, servicios públicos indispensables (agua, alcantarillado, luz)”.
Y que de continuar con el proyecto denominado “Tren Maya”, se traduciría en una alteración en la tierra, bosques, flora, fauna, los recursos naturales, el medio ambiente, la biodiversidad, el agua, la salud, entre otros, en los que tienen su asiento los pobladores Maya Ch’ol, alteraciones que sin duda alguna ocasionarían un daño irreparable a dicha comunidad.
En ese sentido, la Juez no sólo priorizó el derecho al a salud de los habitantes de las comunidades Ch´oles de los municipios de Ocosingo, Palenque y Salto de Agua, sino que también reconoció que en caso de continuar los trabajos del tren maya bajo este contexto podría afectar otros derechos fundamentales de ese pueblo originario, como el agua, el medioambiente, recursos naturales etc.
Los quejosos señalaron que si bien la suspensión decretada por la Juez es provisional, la definitiva se resolverá en audiencia del día 14 de mayo, consideramos que la misma permite visibilizar los potenciales daños que el proyecto denominado tren maya tiene para las comunidades indígenas afectadas por el mismo.
En esa tesitura, indicaron, resulta fundamental que el día 14 de mayo dicha Juez ratifique esa suspensión para no dejar en estado de indefensión a las comunidades indígenas frente a los graves riesgos que entraña la continuidad del proyecto del tren maya.
“Es importante considerar que al momento de resolver la suspensión definitiva aún nos encontraremos en la tercera fase de la pandemia con lo cual aumenta el riesgo a la salud, por tanto es también necesario decretar la suspensión definitiva como medida de mitigación ante el COVID-19”, dijeron los agraviados por el inicio de esta obra.
Los indígenas choles indicaron que esta nueva suspensión es un llamado más al ejecutivo federal sobre lo arbitrario de un proyecto que sesimpulsado a toda costa sin brindar información, ni mucho menos garantizar la participación de las comunidades indígenas afectadas.
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