FEMSA-Coca Cola no afecta al abastecimiento de agua, al contrario se pude extraer más; Conagua desmiente daño a la población de San Cristóbal de las Casas

Embotelladora de FEMSA en San Cristóbal

Miguel Ángel de los Santos Cruz, Síndico municipal de San Cristóbal de las Casas, el pasado 26 de marzo, envió comunicación oficial a la Dra. Blanca Elena Jiménez Cisneros, Titular Nacional de la Comisión Nacional del Agua, así como al Lic. Francisco Zebadúa Alba, director del Organismo de Cuenca Frontera Sur de la CONAGUA, en la que expresa motivos para la revocación de la concesión otorgada a la empresa Coca-Cola FEMSA para aprovechar el agua del subsuelo en el municipio.

El Ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas, a través del Síndico Municipal, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) la revocación de la concesión de aprovechamiento de agua que le ha sido otorgada a la “Inmobiliaria del Golfo S.A. de C.V.”, razón social utilizada por Coca-Cola FEMSA en Chiapas.

Conagua a través de su Organismo de Cuenca Frontera Sur, realizó un análisis del caso, encontró que la mencionada empresa tiene una concesión de 419,774.30 metros cúbicos de aguas nacionales anuales a través de dos pozos.

Añaden que, el acuífero de San Cristóbal de las Casas se encuentra en condición geohidrológica de subexplotación y con disponibilidad de agua para otorgar nuevas concesiones. De acuerdo con cálculos de corte del 2 de abril, el acuífero tiene un volumen de disponibilidad media anual de 33.908 millones de metros cúbicos y no ha registrado ningún abatimiento progresivo, por lo que se encuentra en equilibrio hidrodinámico y sus niveles de agua subterránea se mantienen estables.

Además, los dos pozos con los que cuenta Inmuebles del Golfo extraen agua a profundidades de 130 y 200 metros, por lo que no afecta la fuente de abastecimiento urbano que ocupa el organismo operador de agua, dado que este se realiza con aguas superficiales provenientes de manantiales y pozos someros, menciona CONAGUA.

CONAGUA expresa que, no existen elementos que permitan, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 29 Bis 4 de la Ley de Aguas Nacionales, revocar legalmente los títulos de concesión que se refieren.

El artículo 29 Bis 4 de la Ley de Aguas Nacionales, menciona que, la concesión, asignación o permiso de descarga podrán revocarse en los siguientes casos:

“I. Disponer del agua en volúmenes mayores a una quinta parte que los autorizados, cuando por la misma causa el beneficiario haya sido suspendido en su derecho con anterioridad…

  1. Explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas en materia de calidad…
  2. Dañar ecosistemas como consecuencia de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales…”

Al respecto, el Centro de Capacitación en Ecología y Salud para Campesinos y Defensoría del Derecho a la Salud – CCESC,  Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos A.C. (CEPAZDH), Otros Mundos Chiapas A. C., Agua y Vida: Mujeres, Derechos y Ambiente A. C., Plataforma por el Derecho Humano al Agua en Chiapas Red por el Cuidado de la Vida y en Defensa de la Madre Tierra del Valle de Jovel, Consejo Ciudadano por el Agua y el Territorio en el Valle de Jovel y Colonia Maya se pronunciaron tras este último comunicado de la CONAGUA. Por lo que expresaron lo siguiente:

Entre el 4 de diciembre de 1995 y el mismo día de 2015, las concesiones de agua otorgadas por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) a la compañía Inmuebles de Golfo S.A de C.V. para la fabricación de la bebida conocida como Coca-Cola, permitieron que esta fábrica extrajera durante ese lapso DIEZ MIL MILLONES de litros de agua; un volumen equivalente a diez veces el cupo del Estadio Azteca.

Las dos concesiones que la empresa tiene fueron renovadas por otros 20 años, sin ninguna consulta a las y los habitantes de San Cristóbal de Las Casas, por lo que esta explotación ha continuado a un ritmo similar. Cuando CONAGUA entregó la concesión a la fábrica de la empresa Femsa-Coca-Cola en 1995, el municipio tenía 116,729 habitantes. En veinticuatro años la población ha aumentado a 185,917, es decir, entre un 25 y 30%, tomando en cuenta a la población flotante. Durante este periodo las necesidades hídricas de la zona han aumentado de manera considerable.

A pesar de que no existen estudios técnicos públicamente disponibles y confiables sobre la disponibilidad de los recursos hídricos del Valle de San Cristóbal y dado el incumplimiento de obligaciones de CONAGUA, entre ellos el monitoreo de los medidores, existen dudas razonables de que el ritmo de extracción de la planta de Femsa-Coca Cola sea sostenible. En contraste, una gran cantidad de viviendas e incluso hospitales enfrentan graves insuficiencias del líquido. Esta situación, fácilmente constatable para cualquiera, permite afirmar que el agua que se destina al uso industrial de la mencionada empresa pone en riesgo el abastecimiento de agua para la población actual y futura de San Cristóbal de Las Casas.

Asimismo, los impactos en la salud de la población debido al alto consumo de refrescos, que hace que el estado de Chiapas ocupe el primer lugar a nivel nacional en diabetes, sobrepeso, obesidad y desnutrición, deben de ser asumidos como una prioridad del gobierno en sus tres niveles. También es importante considerar que en el momento en el que CONAGUA otorgó estas concesiones de agua, no se hacía ninguna proyección sobre los efectos del cambio climático y la importante reducción de las zonas de recarga de agua, fenómenos que afectarán substantivamente la disponibilidad de este líquido en un futuro cada vez más próximo.

Los innegables beneficios derivados de la generación de empleos (obreros, repartidores, vigilantes, personal administrativo) por parte de la fábrica de Femsa-Coca-Cola, así como los recursos que destina para el financiamiento de algunas organizaciones civiles (actividad que  2 permite a la empresa deducir impuestos), quedan anulados y superados por los daños y riesgos que la extracción de agua produce en contra de los derechos al agua, a la salud y al ambiente sano y las necesidades de los habitantes del municipio, así como a la estabilidad de sus ecosistemas.

Por todo lo anterior, los abajo firmantes sostenemos que el derecho al agua tiene preeminencia sobre cualquier uso comercial. Compete a la CONAGUA -como órgano del poder ejecutivo federal y elemento fundamental del Estado mexicano- la obligación de respetar, preservar y proteger los recursos naturales y esenciales para la vida y el bienestar de los y las habitantes de la ciudad; así como la de hacer uso de todos los recursos disponibles, tanto jurídicos como administrativos, para proteger la vida y sus derechos, y con ello, la sostenibilidad de la misma.

Por lo anterior, vimos con agrado que el C. Lic. Miguel Ángel de Los Santos Cruz, síndico del gobierno municipal de San Cristóbal de Las Casas, asuma con responsabilidad su función de defensor del pueblo y respaldamos la solicitud a la CONAGUA para revocar la concesión de aprovechamiento de agua. Cabe mencionar que esta petición recoge el sentir de miles de habitantes de barrios y colonias, organizaciones ambientalistas y de derechos humanos, que han exigido que se adopte esta misma medida durante muchos años.
De ahí que recibamos con profunda preocupación la negativa de la CONAGUA a atender la petición del síndico De los Santos, renunciando con ello a las obligaciones que la institución tiene con la población.

Es por ello que pedimos de manera contundente que el Ayuntamiento en su conjunto respalde esta solicitud a la vez que exigimos a la CONAGUA que reconsidere su postura y cancele inmediatamente la concesión de agua a cualquiera de las figuras jurídicas que utilice Femsa-Coca-Cola

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