TEECH descarta violencia política del Gobierno de Chiapas hacia munícipes de Chalchihuitán
* García Núñez y Díaz García demandan que las autoridades responsables desplegaron diversos actos de autoridad, constituyendo violencia política en razón de género y violencia política.
El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) declaró inexistente la violencia política en razón de género y violencia política contra autoridades de Chalchihuitán por parte de la Secretaría de Gobierno del Estado.
El Pleno del Tribunal resolvió en sesión pública el proyecto de resolución correspondiente al siguiente medio de impugnación con expediente TEECH/JDC/023/2019 y su acumulado TEECH/JDC/024/2019, promovidos por Hermelindo García Núñez y Margarita Díaz García, del municipio de Chalchihuitán, Chiapas, en contra del Coordinador de Delegaciones de Gobierno de la Secretaría de Gobierno del Estado de Chiapas y otros.
Ante esto, la Red Chiapas por la Paridad Efectiva (Repare) expresaba su preocupación ante la detención de la presidenta municipal de Chalchihuitán, Margarita Díaz García, ocurrido el pasado 11 de julio, debido a que hasta ahora no se ha definido el motivo de la privación de su libertad.
Repare indicó que la detención de la alcaldesa exhibe el riesgo en el que viven las mujeres autoridades municipales, principalmente las de origen indígena en Chiapas, tanto las presidentas como las sindicas.
Al mismo tiempo, la Red indicaba que les preocupa la complicidad de las autoridades y la indolencia frente al problema de la usurpación de los cargos de las mujeres indígenas; práctica que ha sido ampliamente denunciada por las redes sociales, con videos e información puntual.
Pese a esto, el Tribunal declaró inexistente la violencia política en razón de género en contra de Margarita Díaz García, pues las constancias que obran en autos, este Tribunal no advierte la configuración de los actos que la actora reclama, ya que la notificación de la Orden de Auditoria le fue realizada, en su carácter de Presidenta Municipal de Chalchihuitán, como resultado de una denuncia realizada por habitantes de ese municipio.
Por lo que la autoridad actuó conforme a las atribuciones otorgadas por la ley, sin la existencia de violencia, presión, coacción o amenaza alguna en contra de ella, ni mucho menos violencia en razón de género, declaró el TEECH.
Además, el Tribunal argumentó que los medios probatorios aportados por la actora no fueron suficientes para generar certeza de los actos que atribuye a las autoridades señaladas en su escrito de demanda, aunado a que según su dicho, los actos se dieron con la finalidad de forzarla o presionarla para que renunciara al cargo.
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