Invalida Corte que dinero de partidos vaya a damnificados de sismo en Chiapas
Por Agencias
La Sala Superior argumentó que el decreto fue promulgado dentro del periodo de veda legislativa, que es de 90 días anteriores al inicio del proceso electoral.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto de reforma a la legislación electoral del estado de Chiapas, que pretendía entregar el financiamiento de partidos políticos a damnificados por los sismos de septiembre de 2017, debido a que se emitió en el periodo de veda legislativa.
La Sala Superior invalidó el decreto 004, por el que se reformó el 2 de octubre de 2017 el numeral 12 y se adicionaron los numerales 13 y 14 al Artículo 52 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
Las modificaciones señalaban que, en caso de desastre natural, se eliminaría el financiamiento público entregado a los partidos políticos durante el tiempo que dure la contingencia, a fin de que los recursos fueran destinados a la reconstrucción o en apoyo de la población Chiapaneca.
El pleno de la SCJN argumentó que el decreto fue promulgado y publicado dentro del periodo de veda legislativa, que tiene lugar durante los 90 días anteriores al inicio del proceso electoral, según lo dispone el Artículo 105 fracción II, párrafo penúltimo, de la Constitución federal.
Finalmente, los ministros resolvieron que las modificaciones a la Reforma de Legislación estatal resultaban violatorias de los artículos 41, base II y 116, fracción IV, inciso g), de la Constitución federal, al afectarse la prerrogativa de los partidos políticos a recibir financiamiento público local.
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