LLAMADO URGENTE – EL OBSERVATORIO
MEX 001 / 0415 / OBS 026
Amenazas /
Hostigamiento
México
2 de abril de 2015
El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicitan su intervención URGENTE ante la siguiente situación enMéxico.
Descripción de la situación:
El Observatorio ha recibido con grave preocupación informaciones del Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas, A.C” (Frayba), sobre amenazas de muerte, hostigamiento, seguimiento y vigilancia en contra del Sr. Marcelo Pérez Pérez, párroco de Simojovel, y de otros integrantes del Consejo Parroquial. El Consejo Parroquial lleva a cabo actividades de denuncia en contra de la violencia, el tráfico de armas y de drogas, la corrupción a todos los niveles políticos, las deficiencias del Estado de derecho y la impunidad de las violaciones de derechos humanos en el municipio de Simojovel, Chiapas. El pasado 25 de febrero de 2015, la asamblea general de los creyentes católicos, compuesta en su mayoría por indígenas tseltales y tsotsiles, creó un Comité de Derechos Humanos para denunciar y visibilizar las múltiples y constantes violaciones perpetradas en la región, incluyendo dos secuestros .
Según las informaciones recibidas el Sr. Pérez Pérez es objeto constante de amenazas y el último incidente tuvo lugar el día 17 de marzo en el que varias autoridades locales habrían organizado una concentración frente a la Iglesia Parroquial, como forma de amenaza e intimidación en contra de las actividades de denuncia pública de violaciones de derechos humanos por parte del Sr. Pérez y de otros defensores.
A causa de las amenazas y a los riesgos para la vida, la seguridad y la integridad personal del Sr. Marcelo Pérez Pérez y de otros integrantes del Consejo Parroquial y el Pueblo Creyente de Simojovel, el pasado 7 de diciembre de 2014 l Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas presentó una solicitud de medidas cautelares ante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El Observatorio expresa su profunda preocupación por el clima de amenazas contra el Sr. Marcelo Pérez Pérez, así como otros defensores y defensoras de derechos humanos en la comunidad de Simojovel. Asimismo el Observatorio teme que las amenazas hayan sido motivadas en razón de las actividades en defensa de los derechos humanos que el Sr. Pérez y los otros defensores vienen llevando a cabo los últimos años.
Acción solicitada:
Por favor, escriban a las autoridades de México instándolas a:
i. Tomar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Marcelo Pérez Pérez, los integrantes del Comité de Derechos Humanos y en general la de todos los defensores de derechos humanos en México;
ii. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a las amenazas y los actos de intimidación, con el fin de que los responsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;
iii. Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento y amenazas en contra del Sr. Pérez y, en general, en contra de todos los defensores de derechos humanos en México;
iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:
Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”
Artículo 5.a: “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional a reunirse o manifestarse pacíficamente”
Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;
v. De manera general, y garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.
No comments yet.