Documenta CNDH violación de Procuraduría de Chiapas, a la Libertad de Expresión y legalidad

Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas viola el derecho a la legalidad y a la libertad de expresión. Foto: Archivo

Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas viola el derecho a la legalidad y a la libertad de expresión. Foto: Archivo

 

  • Basado en supuesto cumplimiento a la «Ley Orgánica» de la Procuraduría de Chiapas, se exigió a comerciante que no manifestara su inconformidad por un desalojo en su contra, ni ante las autoridades municipales ni ante medios de comunicación.

 

Agentes del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas (PGJE) tienen la “costumbre” de prohibir a las y los indiciados de algún delito, a “abstenerse” de hacer denuncias públicas o declaraciones a los medios de comunicación, reconoce un agente  involucrado en la recomendación 49/2014, que el pasado 14 de octubre hizo pública la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

El caso del desalojo de un comerciante de pollo, ocurrido en 2012 en el mercado de San Cristóbal de las Casas, permitió a las comisiones estatal y nacional de derechos humanos (CEDH y CNDH), documentar la violación al derecho a la legalidad y la libertad de expresión, en que incurren los agentes de la Procuraduría de Chiapas.

La recomendación 49/2014 explica que un vendedor de pollo al que identifica como V1, fue desalojado de su local ubicado en el mercado de San Cristóbal. Derivado del hecho, el comerciante hizo una denuncia publica a través de una entrevista en un noticiero de radio, donde sostiene que el desalojo de que fue objeto él y ortos comerciantes, fue injustificado. En la denuncia, acusa a personal de la Dirección de Servicios Públicos Municipales y al administrador del mercado, de haber cometido violaciones a sus derechos.

La respuesta de los servidores públicos municipales ante la acusación pública, fue demandar penalmente al comerciante, por supuestas amenazas en su contra.

Luego de recibir la denuncia, la PGJE a través de un agente del Ministerio Publico identificado por la CNDH como AR1, llamó al comerciante a comparecer en calidad de “indiciado”.

Al comparecer ante la autoridad judicial, el agente del Ministerio Público le ordenó al comerciante –sin haber comprobado las supuestas amenazas que habría hecho- a “conducirse con rectitud y respeto, hasta comprometerse a abstenerse de tramitar solicitud alguna ante las personas que se sintieran ofendidas para evitar ulteriores conflictos”, y a no manifestar su inconformidad ante las autoridades municipales (que lo agraviado al desalojarlo), ni ante «los medios de comunicación”, detalla la CNDH.

Al sentirse sometido para que guardara silencio, el comerciante acudió al entonces Consejo Estatal de Derechos Humanos, a interponer una queja contra la PGJE y el ayuntamiento de San Cristóbal.

El organismo humanitario estatal recibió la queja y pidió informes sobre el actuar del agente de la Procuraduría de Chiapas. En las diligencias, el Ministerio Público acusado reconoció haber pedido al comerciante guardar silencio y, según señala la CNDH, el agente “pretendió justificar sus actuaciones en la costumbre, al manifestar que tal exhortación era realizada a todas las personas que acudían a esa autoridad en calidad de indiciados, y que esa «costumbre» se fundamenta en la Ley Orgánica de la Procuraduría.

Ante la evidencia el entonces Consejo Estatal de Derechos Humanos -ahora Comisión (CEDH)- consideró que se violaron diversos preceptos constitucionales del comerciante, por lo que emitió en diciembre de 2012la recomendación CEDH/015/2012-Ra, dirigida a la PGJE y al ayuntamiento de San Cristóbal.

Sin embargo la Procuraduría a cargo de Raciel López Salazar se negó a reconocer la violación, y a reparar el daño que hizo a los derechos del comerciante. El ayuntamiento sí aceptó acatar la recomendación.

La negativa de la PGJE obligó al comerciante a acudir ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), institución que luego de estudiar el caso documentó que la Procuraduría SÍ violó el derecho a la legalidad del agraviado.

La CNDH explica que hasta el momento, a dos años de los hechos, la Procuraduría de Chiapas se ha negado a aceptar la recomendación y reparar el daño del vendedor de pollo.

“Lo anterior evidencia una actitud de desprecio a la cultura de la legalidad y falta de colaboración en la tarea de la protección no jurisdiccional de los derechos humanos por parte de la Procuraduría General de Justicia del estado de Chiapas”, concluye la CNDH.

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