Tipifican delito de “engaño” en Chiapas
• Busca castigar a los que extorsionan vía telefónica
Con la finalidad de castigar a las personas que extorsionan vía telefónica, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico, ayer los diputados del Congreso del Estado aprobaron la tipificación del delito de “engaño”.
Por este delito se aplicará una pena de dos a ocho años de prisión y multa de 500 a mil días de salario mínimo, a quien con el propósito de obtener un lucro o cualquier otro beneficio para sí o un tercero, a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico, pretenda hacer creer a una persona que su integridad física, o su vida, o su patrimonio o de alguno de sus familiares o terceros pueda sufrir un detrimento.
Debido a que esta forma de extorsión se ha vuelto común en Chiapas, es que se decidió tipificar el delito de “engaño”, el cual tiene menos penalidad que el de extorsión.
La diferencia entre el delito de “engaño” y el de “extorsión”, es que el primero sólo se limitará a castigar a quienes usen la vía telefónica, los mensajes o cualquier medio electrónico para hacer creer a una persona que su integridad física de él o su familia está en peligro. En tanto que el delito de extorsión abarca mucho más.
El diputado Neftalí del Toro Guzmán señaló que se tipificó el delito debido a que en el Código Penal de Chiapas no estaba claro el castigo para quienes incurrían en esta práctica de amenazar a las personas haciendo uso de los medios electrónicos haciéndole creer que podían dañarlos a ellos o su familia.
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