No aparece en el periódico oficial la Ley “antiprotesta”
El periódico Oficial del Estado en el que se publicaron los puntos abordados durante la sesión del 13 de mayo, fecha en que fue aprobado por mayoría el Código que Establece el Uso Legítimo de la Fuerza por las instituciones de Seguridad Públicas del Estado de Chiapas, ya fue publicado, sin embargo el único dictamen aprobado que no aparece es el referente a este código.
La diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Alejandra Soriano Ruíz, quien votó en contra del código, dijo que el Secretario de Gobierno, Eduardo Ramírez Aguilar, de quien dependen las publicaciones en el Periódico Oficial del Estado, debería de explicar por qué no se dio su publicación.
Los escenarios posibles por los que no se pudo haber publicado es que el gobernador del estado, Manuel Velasco haya decidido sacar el dictamen aprobado, sin el debido proceso, o bien, que se vaya a hacer una publicación anexa en próximos días, sin dar ninguna explicación.
En dado caso que se vaya a publicar un anexo, este tiene que ser antes del 13 de mayo, ya que cabe recordar que se tienen 30 días naturales para publicar una nueva disposición aprobada por el Congreso Local.
El Código que establece el uso legítimo de la fuerza ha sido cuestionado por diferentes organizaciones sociales y civiles por considerar que pretende atentar con los derechos fundamentales a la libertad de expresión y de protesta.
La ley ley considerada “represiva” por activistas y organismos defensores de derechos humanos, pues da más poder a los cuerpos policiacos y reduce el margen de libertad de protesta a los ciudadanos en la entidad.
Integrantes de la organización internacional Artículo 19 dijo que le preocupa principalmente por las disposiciones relacionadas con el ejercicio de la protesta social en las manifestaciones pacíficas. En específico, los artículos 27 y 28 del que Establece el Uso Legítimo de la Fuerza por las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de Chiapas (Código de Uso de la Fuerza) establecen parámetros y potenciales restricciones a la libertad de expresión que no cumplen con los requerimientos mínimos obligatorios que toda restricción debe tener, se basan en criterios “ambiguos y son desproporcionados».
Si ya aprobaron la ley, lo que se tiene que hacer es que el periódico oficial de la Federación la enseñe, ya que es la forma correcta de hacer las cosas.