Niega juez a funcionario de Migración llevar en libertad proceso por incendio donde murieron 40 migrantes

Niega juez a funcionario de Migración llevar en libertad proceso por incendio donde murieron 40 migrantes
Foto: La Verdad
*Esta nota fue realizada por La Verdad, parte de la alianza de medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes leer la original.
Al cumplir dos años en la cárcel, Rodolfo C. de la T. pidió a través de su defensa el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en su contra por el incendio en la estancia migratoria en Ciudad Juárez; sin embargo, el juez se lo negó, por lo que seguirá en el penal
Por Rocío Gallegos / La Verdad Juárez
Un juez de control negó a Rodolfo C. de la T., funcionario de Migración, que lleve en libertad el proceso penal abierto en su contra por el incendio del 27 de marzo del 2023 en la estancia migratoria en Ciudad Juárez, donde murieron 40 migrantes.
En una audiencia celebrada la tarde de este sábado, el juez Juan José Chávez Montes determinó mantener la prisión preventiva oficiosa impuesta hace dos años a Rodolfo, quien al momento del incendio se desempeñaba como agente del Instituto Nacional de Migración (INM).
La defensa del imputado pidió el cambio de la medida cautelar impuesta el 31 de marzo del 2023 a Rodolfo C. de la T., pero su solicitud fue rechazada por el juzgador.
“La prisión preventiva oficiosa tiene un plazo constitucional, no puede prolongarse por más de dos años”, dijo la abogada María del Socorro Chávez Velázquez, defensora de Rodolfo, quien quedó vinculado a proceso el 4 de abril del 2023, junto a otros funcionarios del INM, bajo la causa penal 216/223.
Si se cumplió el plazo y no se ha dictado sentencia al acusado se le debe conceder el cambio de medida cautelar para que siga su proceso penal en libertad, alegó la abogada ante el juez. También argumentó su petición con el hecho de que el proceso está detenido, sin que se avance a juicio.
“Ya pasaron 2 años… mi representado no ha recibido escrito de la acusación, está detenido desde el 31 de marzo de 2023 y no ha recibido sentencia. Cuánto tiene que esperar para que se haga justicia”, dijo Chávez Velázquez, quien recién asumió la defensa del imputado.
Sin embargo, el juez federal resolvió mantener la medida cautelar en los términos en la que está establecida, es decir, prolongar la prisión preventiva oficiosa a Rodolfo C. de la T.
En su resolución, el juzgador explicó que no es suficiente el argumento de la defensa de solicitar el cambio de la medida cautelar solo porque ya pasaron los dos años del plazo constitucional.
“No me dice cómo va a garantizar que no se sustraiga de la justicia, dónde lo van a ubicar, cómo se mantendrá localizado”, señaló el juez. “Solo dice que están privándolo de su libertad, sí, pero hay 40 personas a las que se les privó de su vida, que ya no están”.
La defensa del acusado anunció que va impugnar esta resolución del juez, mediante un amparo.
“Si hubiera estado ahí, yo les hubiera abierto”: Rodolfo
Tras escuchar la resolución del juez, Rodolfo C. de la T. pidió la palabra y dijo: “yo soy inocente… se me acusa de algo que no hice”.
Aseguró que cuando inició el incendio no estaba en la estación migratoria. “Yo no estaba ahí, si yo hubiera estado ahí yo les hubiera abierto (a los migrantes), pero no estaba”.
Alegó que al momento del incendio él no se encontraba en la estancia migratoria porque salió a trasladar a dos niños a un albergue y reclamó que la fiscal Alejandra (como identificó a Brisa Alejandra Tufiño, agente del Ministerio Público federal), presentó en su contra un documento con una bitácora que no corresponde a la hora en la que él hizo el traslado.
También dijo que su mamá estaba hospitalizada, muy grave, por cáncer “quién sabe si yo la vuelva a ver”.
Son muchas víctimas y hay muchos pendientes: juez
El juez Chávez Montes respondió a Rodolfo que entendía su dolor, pero eso no estaba en sus manos. Desafortunadamente, agregó, “no estuve en la audiencia inicial, yo no resolví y solo me toca resolver técnicamente lo que se me plantea en esta audiencia”.
“Voy a mantener la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en los términos que está establecida”, dijo, sin precisar un plazo.
Aún no es declarado culpable, esto aún no se termina y esta resolución puede ser revisada por mis superiores, expuso el juez.
La prolongación de la medida cautelar está justificada, explicó. Es un caso con muchas víctimas, con muchas cosas pendientes por explicar, y enumeró algunas de esas, como ¿qué sucedió?, ¿quién tenía las llaves de las celdas?, ¿quién propició todo esto?, ¿cuáles eran las reglas en la estación? y ¿quién estaba obligado a cumplir esas reglas?.
Se explicó que el caso no ha llegado a juicio por los siete amparos interpuestos por representantes de las víctimas, que siguen sin resolverse.
En septiembre de 2023, el juez Chávez Montes negó la suspensión de la prisión preventiva contraalmirante Salvador G. G., extitular de la Oficina de Representación en Chihuahua del Instituto Nacional de Migración (INM), acusado de homicidio contra 40 migrantes extranjeros, así como de lesiones en otros 27 y de ejercicio indebido del servicio público.
Pero el 9 de noviembre del 2023 Chávez Montes aprobó modificar a Juan Carlos la medida cautelar de prisión preventiva, sin embargo, fijó una fianza de 20 millones de pesos. Lo que resultó impagable para el acusado y su familia, por lo que se presentó un amparo y en enero del 2024 la cantidad se redujo a 2 millones, por los que el coordinador del Grupo Beta sigue el proceso en libertad.
Luego, en abril del 2024, Chávez Montes revocó la medida cautelar de prisión preventiva a Eduardo A.M.otro funcionario del INM, acusados por ese mismo hecho, y en su lugar le impuso la obligación de depositar una garantía económica por 1.5 millones de pesos.
Otro funcionario del INM, Daniel G.Y., quien al momento de ese hecho era el representante local Noroeste del INM, también logró dejar la cárcel con la modificación de la medida cautelar impuesta, aunque en este caso la resolución fue del juez el juez federal Ernesto Cornejo Ángeles, en junio del 2024.
Durante la audiencia, los representantes del Ministerio Público (MP) federal y de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) –que participaron a distancia a través de una videoconferencia– se opusieron a la modificación de la medida cautelar solicitada por la defensa de Rodolfo C. de la T.
“Es un riesgo que se le modifique, no se le vulnera su presunción de inocencia y se corre el riesgo de que se sustraiga de la justicia”, dijo Nadia Karina Castro, del MP federal.
Dijo que un análisis de riesgo procesal, del Centro Federal de Inteligencia, emitido el pasado 23 de marzo, concluyó que existe el peligro de sustracción.
Además, agregó, que Rodolfo está vinculado a otra causa penal, la 593/2023, cuya audiencia inicial está apenas programada para el próximo 22 de mayo, donde se le va imputar el delito de ejercicio ilícito del servicio público.
Expuso que si bien hay un plazo de dos años para la prisión preventiva oficiosa, sí se puede justificar que se mantenga la medida cautelar, con el hecho de que es un caso complejo, por el desarrollo del proceso, que está detenido por amparos sin resolver, y por dilataciones provocadas por las actuación de las autoridades judiciales, que estuvieron en paro de labores.
Itzel Mireya Sanpedro Durán, de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se pronunció también en contra de la solicitud para cambiar la medida cautelar a Rodolfo por considerar que existe riesgo de fuga del imputado.
A su vez, Marcos Edgar Zavala Cruz, abogado de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, organización representante de ocho sobrevivientes y nueve núcleos familiares de víctimas fallecidas, dijo que después de dos años de la prisión preventiva oficiosa es una obligación revisar esa medida cautelar, pero la defensa de Rodolfo debe acreditar que su representado no se va a salir del país.
Zavala Cruz, quien también participó a distancia en la audiencia, aprovechó para solicitar que en este caso se reclasifique la prisión preventiva de oficiosa a justificada, con ésta última se debe garantizar que la persona imputada esté presente en el desarrollo del proceso y se proteja a las víctimas.
El juzgador dijo que él asunto es sobre la medida de prisión preventiva oficiosa y él no iba a reclasificar la medida en esta audiencia.
El fallo del juez provocó el llanto de los familiares de Rodolfo C. de la T., quienes se encontraban en la audiencia.
“Es injusto”, consideró Tania Collazo, hija de Rodolfo. “Todos piensan en las víctimas, pero no piensan en él, es una víctima, lo juzgan sin pruebas”.

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