Víctimas defienden fideicomiso para gastos y la Corte les da la razón
*Esta nota fue realizada por Pie de Página, parte de la alianza de medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes leer la original.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró por unanimidad que la extinción del fideicomiso de la Ley General de Víctimas en 2020 fue inconstitucional, y ordena que este beneficio siga existiendo en México
Texto: Alejandro Ruiz
Foto: Isabel Briseño / Archivo
CIUDAD DE MÉXICO. .La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la extinción del fideicomiso de la Ley General de Víctimas, acción que en 2020 quitó el presupuesto del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
El proyecto de sentencia, elaborado por el ministro Luis González Alcántara Carranca, fue aprobado por todos los ministros de la Primera Sala, integrada por Jorge Mario Rebolledo, Ana María Ríos Farjat, Loretta Ortíz y Alfredo Ortíz Mena.
En la sentencia, la Corte afirmó que eliminar este fideicomiso es inconstitucional porque atenta contra el principio de progresividad de los derechos humanos, el cual se basa en el artículo primero de la Constitución que dice que los derechos adquiridos no pueden eliminarse o reducirse, sino al contrario, solo pueden ampliarse
La sentencia, a la vez, dio razón a un amparo interpuesto por víctimas de la violencia asesoradas por el Centro Prodh y la organización FUNDAR, quienes argumentaron que eliminar estos financiamientos vulneraba los derechos conquistados en la Ley General de Víctimas, uno de ellos: asegurar que se destinara un presupuesto mínimo para atención.
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Ganaron las víctimas
De acuerdo con un comunicado difundido por el Centro Prodh y FUNDAR, la resolución de la Suprema Corte es muestra de la «cercanía y empatía con las víctimas de la violencia. Además, refleja su compromiso en abordar la crisis de derechos humanos en nuestro país».
A la vez, ambas organizaciones instaron al Poder Legislativo a no esperar que llegue una determinación judicial para hacer los ajustes legales pertinentes y dotar del presupuesto necesario a las víctimas. «Sin embargo, para cumplir con la garantía mínima presupuestal, el presupuesto debió ser 31.6% más alto; es decir, aproximadamente 200 millones de pesos adicionales».
Y concluyeron:
«Este presupuesto para atención a víctimas se destina directamente para los gastos de traslado de las personas que tienen que viajar para poder dar seguimiento a sus investigaciones, para la atención médica o medicamentos de las personas afectadas por las violaciones a derechos humanos o delitos, para los gastos funerarios de las familias que sepultan a sus seres queridos privados de la vida por la violencia, o para la atención psicológica y rehabilitación de las personas sobrevivientes de tortura. Estos recursos representan la respuesta mínima del Estado Mexicano para garantizar los derechos de las víctimas en un país roto por la violencia».
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