Laura fue privada de su libertad tras denunciar a su agresor
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Laura Lucía denunció en enero de 2022 al director general de Operadora de Servicios Mega S.A. de C.V., SOFOM, E.R. (Grupo Mega), su superior jerárquico, por ejercer en su contra hostigamiento, acoso y abuso sexual desde el 2018.
Ocho meses después, el 28 de septiembre, fue detenida, señalada por los delitos de administración fraudulenta y fraude genérico dentro de la misma empresa, mismos de los que ha demostrado ser inocente. Laura ha tenido que llevar su proceso en prisión preventiva, pues el juez a cargo del caso le negó su derecho a fianza porque consideró que “podía fugarse”, esto sin poner a consideración la suma de violaciones a derechos humanos y al debido proceso que hasta este momento había experimentado.
Y es que de acuerdo con el testimonio de la víctima, personal de la Fiscalía del Estado de Jalisco, así como del Juzgado de Control y Juicio Oral del Distrito I cometieron presuntos actos de tortura en su contra y violentaron sus derechos humanos al ser detenida.
“¿Realmente es un error denunciar a un hombre que me acosó sexualmente en mi trabajo?” se cuestiona Laura Lucía desde el Reclusorio Femenil del Estado de Jalisco, donde lleva más de dos meses privada de su libertad.
Por Dalia Souza
Laura Lucía es licenciada en Negocios Internacionales, madre y hasta el mes de septiembre se había desempeñado como encargada del área de Gerencia de Alianzas en Operadora de Servicios Mega, S.A. de C.V., SOFOM, E.R. (Grupo Mega), empresa mexicana arrendadora con domicilio en Zapopan, Jalisco.
Había laborado para ellos por más de 13 años; sin embargo, desde hace cuatro, su jefe directo, Ignacio N comenzó a hostigarla y acosarla sexualmente dentro de su espacio de trabajo. Laura narra que las consecuencias de estos actos reiterados tuvieron consecuencias en su salud mental y física: ansiedad, depresión, problemas gastrointestinales y trastornos del sueño.
Y es que convivir cotidianamente con su agresor, siendo éste su superior jerárquico, era insostenible. Laura reconoce que acudía al trabajo con miedo, miedo mezclado con impotencia. Sabía que las mujeres que sufren acoso sexual en sus espacios laborales no suelen denunciar, por temor a recibir represalias, a perder su empleo o a recibir más violencia, pero ella sí lo hizo porque “ya no podía más”.
“Tenía que romper el círculo del silencio que envuelve estos episodios” afirma en una carta que redactó desde el Reclusorio Femenil del Estado de Jalisco, lugar donde hoy permanece en prisión preventiva vinculada a proceso por una serie de delitos por los que se le señala de manera falsa e injusta, así lo confirman sus familiares, personas aliadas y organizaciones que se han sumado a la exigencia de justicia.
El 24 de enero de 2022 presentó una denuncia por hostigamiento y acoso sexual en contra de su agresor, ante la Unidad para la Investigación de Delitos en contra de las Mujeres y en Razón de Género de la Fiscalía del Estado de Jalisco. De acuerdo con los documentos proporcionados por quienes acompañan a Laura en el proceso, la carpeta de investigación número 2283/2022 -que se abrió-, también tuvo que contemplar las amenazas y el abuso sexual que sufrió a manos de su agresor.
Durante los dos meses posteriores fue llamada a declarar por la agente del ministerio público a cargo, Jimena Patricia Ruiz Mejía, pero ninguno de estos citatorios llegó a sus manos. Contradictoriamente, pese a que Laura designó por seguridad el domicilio de su abogado para recibir notificaciones, fue la misma unidad especializada en delitos contra las mujeres quien envió los documentos a Operadora de Servicios Mega, lugar que no sólo era su espacio laboral, sino, el sitio donde se encontraba su agresor y denunciado.
Desde aquí, dice Laura Lucía, comenzaron las fallas a su debido proceso como víctima de violencia por parte de las instituciones que debían garantizar su acceso a la justicia, así como su seguridad como víctima de violencia de género.
“De manera clara se ha vulnerado la imparcialidad de la impartición de justicia y he sido discriminada por mi condición de mujer, al evitar el acceso a una justicia expedita” declara.
Acompañada de sus familiares, su representante legal y organizaciones a favor de los derechos humanos de las mujeres, asegura que su experiencia deja en evidencia que “la justicia en México es un acto de poder”.
Y es que, asegura que su agresor “no es un superior jerárquico cualquiera”.
Ignacio N es director de Grupo Mega, empresa que en 2019 resultó ganadora de la licitación 01/2019 de concepto: “Servicio de arrendamiento puro de maquinaria pesada, equipo y accesorios para la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER)” también conocida como “La refundación A toda máquina”.
Una inversión de 3 mil 634 millones 047 mil 329 pesos que compromete la relación de la administración actual con la empresa arrendadora hasta 2024, de acuerdo con el contrato 02/2019 en su versión pública.
Desde este momento, afirma, todos sus temores no sólo se hicieron realidad, sino que éstos fueron, incluso, peor de lo que había imaginado “mi infierno de acoso sexual laboral se convirtió en una fría celda” recuerda Laura. Tras enterarse de la denuncia, su agresor comenzó a amenazarla advirtiéndole que “se arrepentiría” denuncia:
“Cuando se enteró de la existencia de una causa legal en su contra de mi parte, las represalias no tardaron en llegar, subiendo de intensidad, llegando hasta expresar amenazas como que me arrepentiría, porque tenía contactos y los utilizaría para destruir mi vida”.
De inmediato fue relegada de sus funciones y, presuntamente, por órdenes de su agresor, se prohibió a sus compañeros y compañeras hacerle llegar información referente a la empresa con el fin de aislarla y obstaculizar su trabajo.
“El trabajo que realicé por más de una década, en el cual me desenvolvía con profesionalismo, me fue arrebatado por el enojo de un hombre que se cree superior a cualquier persona, sobre todo a las mujeres” manifiesta.
Lo cierto es que, si bien, Grupo Mega dice tener claro una responsabilidad social vinculada, entre otras cosas, a la equidad e, incluso, convocó recientemente junto a la asociación civil Cadena Empresarial Enlazadotal al “Primer Foro de la Mujer Mega”, donde se dijo “buscar alianzas” con “las líderes de la diferentes cúpulas empresariales femeninas”, nadie escuchó, respaldó o protegió a Laura tras enterarse de las violencias que había denunciado dentro de la empresa y por parte de su directivo.
Sin esperarlo, el miércoles 28 de septiembre del 2022, cerca de las 5:30 p.m. fue interceptada por dos camionetas tipo RAM color gris. “Lo primero que pensé fue que se trataba de un secuestro” relata.
Los agentes que iban a bordo la obligaron a bajar de su vehículo a la fuerza, no se identificaron y, pese a que le advirtieron que “tenían una orden de aprehensión en su contra”, durante la detención nunca se la mostraron.
Fue esposada, fotografiada y llevada a las instalaciones de la Fiscalía del Estado de Jalisco, donde fue obligada a desvestirse frente a diversas personas, hombres y mujeres sin una explicación. No le permitieron entrar en comunicación con su familia o llamar a un representante legal.
Ya en la zona de juzgados, Laura revela que, por segunda ocasión, la obligaron a que se quitara la ropa, esta vez, además, la forzaron a hacer sentadillas desnuda e, incluso, advierte: le golpearon la cabeza para que la bajara y recargara sobre la pared porque “no podía ver la cara de nadie”.
Laura Lucía llevaba puesto un vestido y tacones cuando la detuvieron, así que solicitó que le proporcionaran “algo” que la cubriera del frío, como una cobija, ropa, o unos tenis, pero no se lo proporcionaron y tampoco le hicieron saber a sus familiares de estas necesidades.
Casi siete horas después, alrededor de las 12 de la noche, fue trasladada al Reclusorio Femenil del Estado de Jalisco en Puente Grande.
Durante su audiencia inicial, el abogado que le fue asignado solicitó una prórroga de 144 horas para reunir los datos y pruebas necesarios para armar el caso y demostrar su inocencia. Así pasaron seis días y el lunes 3 de octubre fue llamada a su segunda audiencia. Ya dentro de los Juzgados de Control y Juicio Oral del Distrito I, fue por tercera vez forzada a desvestirse.
Ahí permaneció 14 horas y media sin que le dieran agua o alimento. Ya había pedido ayuda a los abogados presentes y a la custodia que la resguardaba, les dijo que le temblaban las manos y sentía la cara entumecida; todos la ignoraron. Minutos después sufrió un desmayo, pero tampoco le brindaron atención médica inmediata.
Laura relata que ese mismo día llegó su menstruación y aunque solicitó que le permitieran ir al baño para cambiar su toalla sanitaria, “no hubo tiempo ni espacio para que pudiera hacerlo”.
“Ninguna persona en condición de ciudadanía recibe este tipo de tratos si no es porque existe una orden directa para realizarlos, es decir, la cadena de mando es la que determina dichas acciones” se cuestiona Laura Lucía.
Denisse Montiel, Codirectora del Centro para la Paz y el Desarrollo (CEPAD), organización defensora de los derechos humanos de personas víctimas de tortura y desaparición en Jalisco, explica que lo sucedido a Laura Lucía deja en evidencia “la institucionalización de la violencia” dentro de los procesos de investigación, detención e, incluso, de fabricación de culpables que prevalecen en las dependencias de procuración de justicia y seguridad pública, en este caso de la Fiscalía del Estado de Jalisco, la Secretaría de Seguridad Pública y la Dirección de Prevención y Reinserción Social del mismo estado.
A decir de la defensora, estas prácticas concuerdan con los tipos de violencia a los que son sujetas las personas al momento de ser detenidas por alguna autoridad en Jalisco y que fueron documentadas por la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) del 2021.
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La también abogada advierte que las situaciones que experimentó Laura corresponden a formas de violencia específica a las que son sometidas las mujeres durante estos procesos, mismas que están marcadas por actos de tortura sexual, como: el abuso sexual, la violación o la desnudez forzada. Si bien, esta última no suele ser reconocida como tal, Denisse Montiel precisa que guardan una relación intrínseca, ya que tiene un componente de humillación, vulneración de la dignidad y sometimiento o control de los cuerpos de las mujeres:
“Vienen acompañados de las humillaciones de las burlas, porque, además, no solamente lo tratan con justificar con temas de seguridad, inspección o de seguridad, pero precisamente queda claro con estos hechos, coincide con otros testimonios de las mujeres, desnudarla forzadamente ante demás personas tiene otro componente de humillar más a las personas de querer someterla a través del control del cuerpo.
En su apreciación y análisis como experta, Montiel afirma que “sin duda (Laura) sufrió tratos crueles, inhumanos o degradantes”, esencialmente vinculados a situaciones como: la privación de sus necesidades básicas -alimentación y acceso al agua-, la desnudez forzada antes dicha, así como las múltiples violaciones de derechos humanos que vivió al ser detenida arbitrariamente, explica:
“Muchas de las personas que fueron detenidas fueron de manera arbitraria, como en este caso, no se le mencionó la institución que estaba realizando la detención, cuáles eran sus derechos y garantizarlos, el derecho a la comunicación, no sólo para un abogado, porque ella no sólo tendría derecho a la defensoría pública, sino a sus familiares”.
La abogada, aunque identifica que los actos de violencia por parte de la autoridad comenzaron desde que Laura fue detenida, considera primordial reconocer que “estas (violencias) no se detiene con la presentación ante el juzgado o los centros penitenciarios”.
Por otro lado, refiere que corresponde a la autoridad judicial documentar estas violencias, -visibles o no visibles, manifestadas o no manifestadas- por las personas detenidas. En cuanto al caso de Laura, señala la abogada, el juez a cargo de la audiencia de control y vinculación a proceso “tuvo que dar aviso a la Unidad Especializada en la Investigación del Delito de Tortura sobre la presunta comisión de un delito para que se hiciera la investigación correspondiente” manifiesta.
“Valdría la pena saber y preguntar si el juez o la jueza que tuvo el primer acercamiento en la audiencia de control y vinculación de proceso, mínimo cumplió con esta obligación que va de la Ley General en Materia de Tortura, de poder dar vista a la unidad especializada en la investigación del delito de tortura, ante los probables actos de tortura, tratos crueles o degradantes, que ellos pudieran tener conocimiento”.
Pasar por alto estas violaciones a derechos humanos y delitos de los que presuntamente fue víctima Laura Lucía, son una omisión e irregularidad del juzgador.
“La obligación que tienen las y los jueces de investigar, las condiciones en las que se llevan a cabo de las detenciones y de las investigaciones, de los primeros actos de investigación para documentar las violaciones a derechos humanos en distintos momentos”.
Por ello, Laura ha solicitado a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), así como a Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) que se le aplique el Protocolo de Estambul por los actos de tortura física y psicológica a los que considera fue sometida durante su detención. Dicho peritaje médico-psicológico advierte la presencia de “rasgos de sintomatología característica de trastorno de ansiedad, denominado, clasificado y categorizado como trastorno por estrés postraumático” tendiente a corroborar la comisión de esta violación grave.
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Laura Lucía es señala del delito de administración fraudulenta y fraude genérico dentro de la misma empresa, es decir, de haber otorgado créditos de manera irregular; sin embargo, la propia Laura ha explicado que esto es imposible, ya que el manual de procedimientos de Operadora de Servicios Mega S.A. de C.V., SOFOM, E.R. (Grupo Mega), establece que la única figura que puede hacer estos procedimientos es el Comité de Créditos.
Estos créditos también pueden ser autorizados por el Director General, en este caso, Ignacio N, así como el director de Crédito/Riesgos. Incluso, mientras trabajaba en la empresa detectó que “existían anomalías en los expedientes de otorgamiento de créditos”, así que, desde la Gerencia de Alianzas (a su cargo) presentó un reporte de irregularidades y llevó a cabo una auditoría del periodo 2017-2021.
Como testigo, uno de los 11 miembros del Comité de Grupo Mega fue llamado a declarar, pero cuando fue cuestionado sobre la imposibilidad de que Laura pudiera realizar el otorgamiento de créditos – de acuerdo con el manual de procedimientos y reglas que rigen a la empresa- respondió que “existe una política de empresa de poder hacer acuerdos verbales”. Sosteniendo los cargos en su contra e insinuando que “otorgaba créditos de palabra”, haciendo imposible la existencia de pruebas físicas.
El director de Auditoría Interna de Grupo Mega fue llamado también a declarar como testigo, no obstante, se deslindó de su responsabilidad advirtiendo que sus apellidos habían sido modificados en orden dentro del documento de notificación, un “error” administrativo al redactarlo.
“De nada sirvieron los argumentos, las pruebas y toda la información presentada que respaldan mi inocencia, como las reglas que rigen Mega y el ya mencionado manual de procedimientos para otorgar créditos, en virtud del cual es algo imposible que yo pudiera hacer dentro de mis funciones como gerente de Alianzas” explica.
Sin pruebas suficientes, pertinentes y convincentes que demuestren que ella sí cometió los delitos de los que se le acusa, el juez dictó auto de vinculación a proceso y le dio como medida cautelar cuatro meses de prisión preventiva, mismo plazo que utilizará el Ministerio Público para concluir sus investigaciones. A la par, Laura denuncia que le negó la libertad bajo fianza y con ello, su derecho a llevar el proceso en libertad, advirtiendo que “había el riesgo de que se fugara”.
“¿A dónde voy a fugarme yo, que cuento los días, con cada una de sus horas y minutos, para volver a mi casa y estar con mi hijo, que es mi vida entera, y con mi esposo?” sentencia.
De acuerdo con Asistencia Legal por los Derechos Humanos (AsiLegal), “el abuso de la prisión preventiva en México es alarmante”. Hasta 2022, el Cuadernillo Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional registra que hay 229 mil 621 personas privadas de libertad en el país, de las cuales, 93 mil 311 (40.63%) se encontraban bajo esta medida cautelar que, idealmente, debería aplicarse sólo de manera excepcional.
Jalisco es uno de los diez estados que concentra mayor población penitenciaria en prisión preventiva, el tercero. Alrededor del 68.7% son mujeres y 53.6% hombres. Frente a estos datos, el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD) reconoce que “las mujeres se ven más afectadas por la figura de prisión preventiva”.
El jueves 24 de noviembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad 130/2019, en la que analizó el funcionamiento de la prisión preventiva oficiosa. La resolución de las y los magistrados no puso fin a esta práctica, lo que implicará, de acuerdo con el análisis proporcionado por la abogada Montiel, que “todas las personas que se encuentran en prisión preventiva oficiosa no podrán solicitar su cambio de medida cautelar sino hasta después de dos años”.
Sin embargo, reconoce que esta discusión deja como antecedente un posicionamiento contundente sobre la problemática, “la prisión preventiva oficiosa es claramente violatoria de los derechos humanos, es una condena sin sentencia que la inmensa mayoría de los casos castiga la pobreza y no la delincuencia” tal y como lo manifestó Arturo Zaldívar, expresidente de la SCJN.
Por estas razones el llamado permanente hacia jueces y juezas de parte de las organizaciones ha sido que cumplan con su responsabilidad y analicen cada caso de manera específica y profunda para “optar por alguna de las otras trece medidas cautelares alternas a la prisión preventiva”.
En ese sentido, Denisse Montiel advierte que la prisión preventiva tiene impactos en la persona privada de la libertad y sus familiares.
Los efectos son múltiples: afectaciones psicoemocionales que se reflejan en daños a la salud física por la somatización de la experiencia traumática, el cambio de las dinámicas, los gastos económicos de sostener a una persona privada de la libertad, los costos que genera ir a realizar las visitas a los centros penitenciarios, el pago de una defensa privada, entre otras. En particular a las mujeres, la modificación de los roles que ejercían como cuidadoras “al haber hijas e hijos menores de edad, se ve afectada la labor de cuidados, ante este tipo de panoramas debe considerarse antes de imponer la medida cautelar” expone la abogada.
“Estoy privada de mi libertad en el Reclusorio Femenil del Estado de Jalisco por la sed de venganza de Ignacio N por haberle denunciado por acoso sexual, no por administración fraudulenta en Mega y fraude genérico” advierte Laura Lucía en la carta que redactó y dirgió a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y a la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Jalisco (CEDHJ) para exigir su participación e involucramiento en el caso para la restitución de sus derechos y justicia.
La representación legal de Laura, así como las personas que le acompañan en su proceso han hecho llegar a ambos organismos la exposición de las situaciones antes descritas, puesto que, reconocen que de manera flagrante le han sido violentado sus derechos a la seguridad jurídica, la legalidad del proceso, la libertad personal, integridad y seguridad personal.
Laura Lucía está convencida de que no fue su “error” denunciar a su agresor y superior jerárquico, sino del “sistema de justicia en México” que la ha obligado a pasar sus días en prisión, mientras este hombre permanece impune y en libertad.
Sus esperanzas, como el día que denunció al director de Operadora de Servicios Mega S.A. de C.V., SOFOM, E.R. (Grupo Mega) como su violentador, permanecen intactas, en la espera de regresar pronto a casa con sus seres queridos.
“El encierro en un centro penitenciario es una experiencia traumática, desoladora, terrible, aterradora… Intento no atormentarme preguntándome una y otra vez “¿por qué a mí?” y pensar en que pronto saldré de aquí”.
Sin embargo, reconoce que ha sido el propio sistema de seguridad y justicia quien contribuyó a tenerla en este lugar, junto a la red de complicidad, tolerancia, corrupción e impunidad patriarcal que protege a agresores y cuestiona a las mujeres que deciden denunciar.
De esta forma, Laura expone en su carta que hace responsable a Ignacio N de las represalias de las que pueda ser objeto ella, su familia y acompañantes al hacer público su caso.
Denisse Montiel recuerda que, es una tarea de las y los juzgadores, en el caso de Laura, revisar, documentar e investigar los presuntos delitos y violaciones a derechos humanos de los que fue víctima y, en caso de comprobarse que estos corresponden a una represalia tras su denuncia, no sólo el personal de la Fiscalía, el Juzgado o de custodia serían responsables de la problable comisión de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradanes, “sino quien dio la orden”:
“Justamente eso lo prevé la ley general en la materia, que establece que los actos de tortura también pueden cometerse por particulares” concluyó.
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