Imponen cárcel y multas a quien no use cubrebocas en Chihuahua
Congreso del Estado aprueba por mayoría arrestos y sanciones para quienes no porten la mascarilla; legisladores de Morena rechazan la iniciativa presentada por el gobernador Corral, es inconstitucional, aseguran
Itzel Ramírez/ La Verdad
Amonestaciones, multas y arrestos serán aplicados en próximos días a quienes dentro del estado de Chihuahua no usen cubrebocas en espacios públicos, vías, transporte público, centros de trabajo y establecimientos comerciales.
Legisladores del PAN, PRI, Movimiento Ciudadano, Partido Verde y Nueva Alianza y Encuentro Social aprobaron la iniciativa del gobernador Javier Corral para expedir la Ley que regula el uso obligatorio de cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión de la enfermedad COVID-19 en el Estado de Chihuahua, que obliga a quienes transiten por la entidad a portar el instrumento como medida para frenar la propagación del nuevo coronavirus.
Tras modificaciones a la iniciativa, el Congreso aprobó que se aplique una multa de hasta 434.4 pesos (equivalentes a cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización -UMA-), para quienes no porten cubrebocas y de mil 303 pesos a propietarios o administradores de establecimientos donde no se cumplan con las disposiciones en la materia.
En caso de reincidencia, advierte la iniciativa, la multa se duplicará.
Con la recaudación por multas, los gobiernos estatales y municipal crearán y administrarán un fondo para la adquisición y entrega de cubrebocas, detalla el documento.
La nueva legislación advierte que ante quien se niegue a usar cubrebocas o incurra en actos de violencia por esa razón, se podrá hacer uso de la fuerza pública.
Ante esta posibilidad, el diputado Benjamín Carrera advirtió sobre la ausencia de criterios para aplicar las sanciones, lo cual podría significar detenciones arbitrarias, extorsión o abuso de fuerza en contra de la población.
El legislador de Morena también manifestó que dadas las violaciones a derechos fundamentales, esta ley podría ser llevada a una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Durante la discusión, el grupo parlamentario de Morena manifestó su rechazo a la iniciativa, al considerar que vulnera derechos fundamentales y castiga a la población más vulnerable económicamente.
“Los ciudadanos son los que se están enfermando, se están muriendo y aparte de eso los queremos multar, los queremos poner en la cárcel. Ese no es el papel del Congreso”, manifestó el diputado Gustavo de la Rosa, de Morena.
Después de reservas de Movimiento Ciudadano se autorizó que una vez publicada la ley haya un periodo de 10 días para su entrada en vigencia.
“El uso de cubrebocas es obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio del Estado de Chihuahua, en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, considerados como esenciales o no esenciales; así como para usuarios, operadores y conductores del servicio de transporte de pasajeros”, especifica el decreto.
Quienes quedan excluidos de la obligatoriedad son niñas y niños menores de dos años, personas con problemas para respirar que no estén relacionados con una infección, personas que no puedan quitarse el cubrebocas sin ayuda y quienes sin compañía viajen dentro de un vehículo.
Asimismo, se explica que dentro de las oficinas públicas deberá haber cubrebocas gratuitos, dentro de la disponibilidad y capacidad financiera de cada ente.
Dentro del transporte público deberá negarse el servicio a usuarios sin cubrebocas y brindarse alcohol en gel para los pasajeros.
Además de las sanciones económicas habrá amonestaciones con apercibimiento, entrega de material médico, trabajo comunitario, clausura temporal de establecimientos y arrestos de hasta 12 horas.
Antes de que una persona sea multada, deberá haber una amonestación previa, se avisa en la ley.
Los arrestos procederán para la persona que “interfiera o se oponga al ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria” o que “en rebeldía, se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad sanitaria, provocando con ello, un peligro a la salud de las personas”, siempre que haya habido una sanción previa.
Dentro de los artículos transitorios se incluye la obligatoriedad para que dependencias estatales y municipales incluyan recursos suficientes para la compra y entrega de cubrebocas dentro del presupuesto 2021.
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