Violencia institucional: caballo del apocalipsis mexicano

Argentina Casanova

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La violencia institucional es considerada “la más grave”, pues su viabilidad se debe a la impunidad, resume un documento publicado por el especialista Elías Dobry en 2004, retomado por Proceso y Cimacnoticias para una publicación sobre el tema.

El texto resume que “la forma en la que se materializa este tipo de violencia es la discriminación que se da tras los actos omisos de algunos servidores públicos, la dilación en la atención de la violencia hacia las mujeres, y la obstaculización de la verdad histórica en los casos de feminicidio hacen inaccesible la procuración de justicia”.

En la calle, en la realidad diaria, ahí donde no alcanzan a leerse estas publicaciones y mucho menos a “permear” las políticas públicas de igualdad o de transparencia y la contraloría social, en el día a día, lo común son instituciones que suelen funcionar en sus estructuras más básicas –en los municipios– como un sistema de oposición férrea al ejercicio de los derechos de la ciudadanía.

No es un tema abstracto, es lo que enmascara la causa y efecto de la negativa, por omisión, ignorancia o simplemente por falta de voluntad de atención o de hacer sólo lo que les toca hacer, y que deriva en el menoscabo de los derechos de las personas en el territorio nacional.

Es posible que este fenómeno esté presente en otros países, pero el que conozco a fondo y en forma suele estar en las comunidades más apartadas con mayor claridad; sólido, de una estructura tan férrea y bien definida que se vuelve casi –casi, aclaramos– imposible derrumbar, desarticular, desmembrar y por consiguiente hacer valer o permitir el ejercicio de los derechos de las y los mexicanos, como el derecho a la justicia como pieza fundamental de la ciudadanía plena.

La primera tarea del Estado mexicano es reconocer la violencia institucional como una violación a los Derechos Humanos (DH), de competencia y responsabilidad, entender en qué consiste y sus múltiples formas.

No hablamos solamente de la forma tácita de violación a los DH cuando se niega el acceso a un servicio, a un juicio justo, a un proceso penal adecuado, a los procedimientos, también se da en la forma más grave que es la omisión y que parece ser epidemia actual en muchas instituciones cuando las y los servidores públicos simplemente se niegan por desconocimiento o negligencia, a prestar un servicio que forma parte de sus tareas conforme a la normatividad y las leyes de sus propias instituciones.

Ejemplo: no brindar servicio médico a una persona que acude a un hospital; no abrir un expediente por violencia sexual contra una menor de edad cuando la madre o padre acude a solicitar información; negarle la asesoría jurídica o no ofrecérsela a quien lo requiere por plantear una problemática donde hay violación de derechos.

El alcance es grave. En general en el país la percepción de la ciudadanía es que acudir a una institución no le representa o ha dado alguna alternativa, y por el contrario encuentra una serie de obstáculos como respuestas negativas constantes.

Servidores y servidoras públicas entrenadas para decir: no se puede, así no es, pero nunca para dedicar la décima parte del tiempo que emplean para explicar por qué no se puede o postergar la atención, para ofrecer una alternativa.

No importa ante quién o quiénes acuda, la respuesta será más o menos la misma. La percepción de la ciudadanía es que nada pasará, nada se resolverá, que tramitar algo implica tener mucha paciencia, voluntad o recurrir a un “contacto” para avanzar algo.

Leer texto completo en Cimac Noticias

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