* La transición democrática mexicana obedece en buena parte a la observación electoral: Yuri Beltrán Miranda.
A través de la Comisión Permanente de Organización Electoral, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, realizó la Conferencia virtual: “La importancia de la Observación Electoral”, con la finalidad de fomentar la participación de la ciudadanía y de las organizaciones civiles en la vigilancia de las elecciones durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2021, así como dar a conocer los requisitos y plazos para la presentación de solicitudes de dicha convocatoria.
Este conversatorio contó con la participación de Yuri Gabriel Beltrán Miranda, Especialista en Integridad Electoral; Gloria Alcocer Olmos, Especialista en Participación Ciudadana; por parte del IEPC, el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas, la consejera Sofia Margarita Sánchez Domínguez y el consejero Edmundo Henríquez Arellano.
Yuri Beltrán, exconsejero del Instituto Electoral de la Ciudad de México, apuntó que se suele decir que la transición democrática mexicana obedece a una serie de reformas electorales, pero sin duda, también obedece a la observación electoral, tema fundamental para entender el avance democrático electoral en el país, pues dijo, fueron las organizaciones las que dotaron de una legitimidad muy importante a los procesos comiciales, cuando existía una crisis de confianza.
Añadió que “hoy sabemos que la observación electoral, la local y la internacional, cuando se hace en apego a principios, fortalecen la soberanía y el desarrollo de las elecciones. Por ello, la ciudadanía debe involucrarse directamente en la observación electoral y vea desde donde están ocurriendo las cosas, qué es lo que pasará en los próximos procesos”.
Gloria Alcocer Olmos, Directora de la Organización Fuerza Ciudadana A.C., enfatizó que la observación electoral tiene que blindar su neutralidad y su objetividad. Afirmó que quien la ejerza no debe transmitir su opinión. “La observación electoral neutral es un factor clave para defender a las instituciones, los procesos y a la misma democracia, nunca a los puestos ni a las personas. La observación electoral es más importante en los procesos locales, pues es desde lo local donde se construye todo; este país no se puede seguir edificando desde un escritorio ni construir estrategias de educación cívica sin conocer, sobre todo a los jóvenes”.
El consejero presidente del IEPC, Oswaldo Chacón Rojas, resaltó que la observación electoral es fundamental porque se relaciona con la cadena de confianza en las elecciones. “Por lo tanto, la normatividad electoral abre la posibilidad de que la ciudadanía dé cuenta de cada una de las actividades del proceso y principalmente de la Jornada Electoral, de ahí la importancia de conocer porque es necesario participar y cuáles son los requisitos”.
Por su parte, la consejera Sofía Margarita Sánchez Domínguez señaló que, para la elección ordinaria de este año, la observación electoral deberá enfrentar y cumplir retos como: Operar en el contexto de la pandemia; Incentivar una mayor participación de organizaciones sociales; asumir el compromiso de participar en todas las etapas siguientes del proceso electoral; y rendir un informe cualitativo y cuantitativo, haciendo énfasis en las recomendaciones.
El consejero Edmundo Henríquez Arellano, presidente de la Comisión Permanente de Organización Electoral, recordó que la convocatoria dirigida a la ciudadanía para participar como observadoras y observadores electorales, estará vigente hasta el 30 de abril, la cual puede consultarse en la página de internet www.iepc-chiapas.org.mx/observadores-electorales, por lo que se invita a las y los chiapanecos a involucrarse en estas actividades que contribuyen a la certeza de la elección.
Comentó que los requisitos, para poder acreditarse como observador u observadora electoral, son ser ciudadana o ciudadano mexicano, contar con credencial para votar vigente; tomar el curso de capacitación, y dos fotografías tamaño infantil. Además, se deberá acreditar no encontrarse en los siguientes casos: Tener investigaciones judiciales o penales por algún delito; ser o haber sido miembro de Organizaciones o Partidos Políticos; tener o haber tenido una candidatura a puesto de Elección Popular; ser designado como funcionaria o funcionario de casilla; ser representante de Partido Político o Candidatura Independiente.
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