Derechos indígenas atropellados en autopista San Cristóbal-Palenque
Durante la conferencia de prensa (para algunos chayoconfe) ofrecida por el Secretario de Gobierno en San Cristóbal de Las Casas, también abordó el proyecto de carretera San Cristóbal-Palenque. Dijo que en el mismo no habrá marcha atrás.
Marginados, como han sido siempre, de la toma de decisiones, aún de aquellas que les afectan directamente, los pueblos y comunidades indígenas enfrentan ahora un nuevo proyecto presentado como el motor de desarrollo regional. Evidentemente que nadie se opone a la posibilidad del desarrollo, si no fuera porque conlleva la posibilidad de afectación de los derechos humanos.
Las comunidades, en su mayoría indígenas, que resultan afectadas con el desarrollo del proyecto pertenecen a los municipios de San Cristóbal de las Casas, Tenejapa, Huixtán, Oxchuc, Ocosingo, Chilón y Palenque. Dado el carácter indígena de la población, las determinaciones con relación a proyectos económicos que afecten sus territorios o impacten en su cultura, deben llevarse a cabo previa consultas informadas.
El derecho a la consulta es un derecho de los pueblos indígenas previsto en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, suscrito también por nuestro país y por tanto obliga a su cumplimiento según el artículo primero de la Constitución mexicana.
No obstante lo anterior, el Secretario de Gobierno insiste, presiona y exige que las comunidades afectadas acepten el paso de la carretera por sus territorios. En el caso del municipio de Huixtán, la carretera se extenderá por catorce kilómetros y afectará varias comunidades, entre ellas las de Adolfo López Mateos y Lázaro Cárdenas Chilil, quienes no han aceptado el proyecto. En algunas comunidades el tramo de la carretera se proyecta que pase en medio de las comunidades, en otras divide los terrenos parcelados.
Evidentemente que el paso de la carretera por tierras indígenas impacta negativamente en la vida de las comunidades y por ello requiere que se evalúen por los mismos afectados mediante procedimientos de consulta serios y de conformidad con estándares internacionales. Los acuerdos con líderes, representantes comunitarios, autoridades municipales o representantes de organizaciones no representan la consulta a que nos referimos.
Los procesos de consulta deben también considerar el impacto ambiental, social y cultural que la implementación del proyecto carretero trae consigo. Dada la obligación del gobierno del estado de garantizar el ejercicio de los derechos humanos individuales y colectivos, el Secretario de Gobierno no debería presionar para obtener conformidad con el proyecto, sino impulsar una consulta previa, e incluso obtener el consentimiento informado de los pueblos y comunidades indígenas que podrían resultar afectados.
Los efectos de la actividad económica sobre los pueblos y comunidades indígenas, cuando se llevan a cabo sin la consideración debida de los derechos humanos de carácter individual y colectivo, generan responsabilidad para las empresas privadas a cargo de los proyectos, pero también para el Estado mexicano, en tanto garante de la observancia de los derechos humanos.
Sin embargo, en la discusión sobre la eventual construcción de la carretera, el derecho a la consulta de los pueblos indígenas ha sido ignorado y todo parece indicar que lo ignoran no solo aquellos que tienen la obligación de observarlo, sino también quienes, como la Comisión de Derechos Humanos, tienen la obligación de protegerlo.
Tendran razon, pero esa zona de Chiapas esta en la prehistoria, la carretera actual, esta de menta madre, es una vil porqueria (topes a lo maloso). El turismo puede ser la solución y la autopista o supercarretera es supernecesaria, si no, valoren seguir la misma miseria en la que viven o buscar otras maneras de salir adelante (comunidades de esa zona)